TELECOM INFRASTRUCTURE PARTNERS CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2025
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $19.771.998 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 02 de junio de 2025, repertorio número 4784-2025, ante mí, TELECOM INFRASTRUCTURE PARTNERS (SPAIN), S.L., en su calidad de único accionista modificó la sociedad TELECOM INFRASTRUCTURE PARTNERS CHILE SpA (la “Sociedad”), cuya constitución rola inscrita a fojas 101.598, N°46.996 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2021, en la que se modificó el capital de la Sociedad de la suma de $19.771.998.000 de pesos chilenos, dividido en 197.717 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal a la suma de $29.998.770.960 pesos chilenos, dividido en 299.983 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 102.266 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas en su totalidad en dinero efectivo a la caja social. Se modificaron asimismo los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de 29.998.770.960 pesos, dividido en 299.983 acciones, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor. El capital se suscribe y paga en la forma que se señala en el Artículo Primero Transitorio. El capital social podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. La administración de la Sociedad podrá, bastando autorización escrita de parte de la mayoría absoluta de los accionistas de la Sociedad, aumentar el capital social con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o los fines específicos que estime conveniente. Salvo acuerdo en contrario, el plazo para enterar los aumentos de capital, emitir, suscribir y pagar las nuevas acciones de pago, será de cinco años contados desde la fecha del acuerdo aumento de capital respectivo. Vencido dicho plazo, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto efectivamente suscrito y pagado a esa fecha. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser pagado en dinero efectivo o en otros bienes, en cuyo caso la valorización de dichos bienes deberá ser aprobada por la mayoría absoluta de las acciones emitidas y pagadas, no siendo necesario en ese caso que los referidos aportes sean avaluados o estimados por peritos.”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad, que asciende a la suma de $29.998.770.960 pesos, dividido en 299.983 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran totalmente suscritas y pagadas.”.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 01 de julio de 2025.