Instrumento
- Fecha
- 13 de junio de 2025
- Repertorio
- 5386-2025
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: la promoción, gestión, asesoría, realización y difusión, por todos los medios de comunicación, de todo tipo de producciones audiovisuales, tales como iluminación, actriz, fotografía, eléctrico, vestuario, etc., por cuenta propia o ajena, en el ámbito nacional como en el extranjero; el diseño, publicidad, confección y asesoría en escenografías. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. Podrá, asimismo, comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social; importar o exportar toda clase de bienes, sean corporales, muebles, inmuebles; otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por terceros y, en general, cualquier actividad que el constituyente determine
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a los socios EDUARDO ENRIQUE RAMIREZ MONTECINOS, RODRIGO HERNAN RAMIREZ VILLABLANCA y VICTOR ANDRES ROJAS MORALES, cualquiera de ellos indistintamente, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el giro de los negocios sociales, sin limitación alguna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, abogada, Notario Público Titular de la 10° Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas 1287, comuna de Santiago, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 13 de junio de 2025, Repertorio N° 5386-2025, ante mí, don EDUARDO ENRIQUE RAMIREZ MONTECINOS, chileno, casado, comunicador audiovisual, cédula nacional de identidad número trece millones tres mil ciento setenta guion seis, domiciliado para estos efectos en Violeta Parra número trescientos noventa y ocho, comuna de La Reina, Región Metropolitana, don RODRIGO HERNAN RAMIREZ VILLABLANCA, chileno, soltero, director de fotografía, cédula nacional de identidad número once millones seiscientos cuarenta mil ciento seis guion uno, domiciliado para estos efectos en Avenida Providencia mil setecientos sesenta y cinco, departamento quinientos ocho, comuna de Providencia, Región Metropolitana, y don VICTOR ANDRES ROJAS MORALES, chileno, divorciado, director de fotografía, cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos setenta y un mil cuatrocientos veinte guion cuatro, domiciliado para estos efectos en Los Jazmines mil quinientos seis, Block setenta y tres, departamento doscientos siete, Villa Olimpica, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones. Razón Social: “SURI CINE POWER SpA” Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero.- Duración: indefinida.- Objeto: El objeto de la sociedad será: la promoción, gestión, asesoría, realización y difusión, por todos los medios de comunicación, de todo tipo de producciones audiovisuales, tales como iluminación, actriz, fotografía, eléctrico, vestuario, etc., por cuenta propia o ajena, en el ámbito nacional como en el extranjero; el diseño, publicidad, confección y asesoría en escenografías. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. Podrá, asimismo, comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social; importar o exportar toda clase de bienes, sean corporales, muebles, inmuebles; otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por terceros y, en general, cualquier actividad que el constituyente determine.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón quinientos mil pesos, dividido en mil quinientas acciones de una misma y única serie, nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma expresada en el artículo Primero Transitorio de los Estatutos.- Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a los socios EDUARDO ENRIQUE RAMIREZ MONTECINOS, RODRIGO HERNAN RAMIREZ VILLABLANCA y VICTOR ANDRES ROJAS MORALES, cualquiera de ellos indistintamente, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el giro de los negocios sociales, sin limitación alguna. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de junio de 2024.