MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA BAQUEDANO SUR LIMITADA

RUT 76111294-5 CVE 2670309
Fecha instrumento
24 de junio de 2025
Notaría
Puerto Montt

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2025
Repertorio
5858-2025
Notario
Maria Paz Mardones Villarroel
Oficio
Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt
Comuna
Puerto Montt

Administración

Acordaron modificar el Artículo Sexto de los Estatutos Sociales, relativo a la administración social, quedando redactado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad, quedará establecida mediante la designación de los siguientes apoderados: Uno. i) Apoderados Clase A: don Marcelo Alberto Vargas Mesa, cédula nacional de identidad número 8.526.853-8, y doña Josefina Teresa Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 17.699.079-1; ii) Apoderados Clase B: doña Magdalena Teresa Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 18.026.097-8, doña Constanza Teresa Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 16.607.819-9, don Sebastián Alberto Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 19.079.500-4, y don Ignacio Rolando Vargas Mesa, cédula nacional de identidad número 8.170.262-4. Dos. Formas de actuación: i) Apoderados clase A. Podrán actuar individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, quienes anteponiendo a sus firmas la razón social, podrán representarla con amplias facultades. ii) Apoderados clase B. Podrán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos quienes anteponiendo a sus firmas la razón social, podrán representarla con amplias facultades”. Asimismo, los administradores contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CONSTRUCTORA BAQUEDANO SUR LIMITADA socio 76111294-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Maria Paz Mardones Villarroel, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, don Felipe San Martin Schröder, según Decreto Económico protocolizado con fecha siete de Julio del año dos mil veinticinco, bajo el número ochenta, con domicilio en esta ciudad, Urmeneta cuatrocientos setenta y ocho. certifica: Que por escritura pública de fecha 24 de junio del año 2025, repertorio 5858-2025 ante don FELIPE SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Puerto Montt,i) don Marcelo Alberto Vargas Mesa, representado; ii) la sociedad Marcelo Vargas y Compañía S.A., representada; y iii) la sociedad Inmobiliaria VyR Limitada, representada; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Ruta Cinco Sur, kilómetro 1.012, parcela 48, Parque Industrial Puerto Varas, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos; acordaron la modificación de la sociedad CONSTRUCTORA BAQUEDANO SUR LIMITADA, RUT N° 76.111.294-5, sociedad inscrita a fojas 813v número 715 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt correspondiente al año 2010, de la siguiente manera: I. Modificación de Administración: Acordaron modificar el Artículo Sexto de los Estatutos Sociales, relativo a la administración social, quedando redactado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad, quedará establecida mediante la designación de los siguientes apoderados: Uno. i) Apoderados Clase A: don Marcelo Alberto Vargas Mesa, cédula nacional de identidad número 8.526.853-8, y doña Josefina Teresa Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 17.699.079-1; ii) Apoderados Clase B: doña Magdalena Teresa Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 18.026.097-8, doña Constanza Teresa Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 16.607.819-9, don Sebastián Alberto Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 19.079.500-4, y don Ignacio Rolando Vargas Mesa, cédula nacional de identidad número 8.170.262-4. Dos. Formas de actuación: i) Apoderados clase A. Podrán actuar individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, quienes anteponiendo a sus firmas la razón social, podrán representarla con amplias facultades. ii) Apoderados clase B. Podrán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos quienes anteponiendo a sus firmas la razón social, podrán representarla con amplias facultades”. Asimismo, los administradores contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Puerto Montt, 08 Julio de 2025.