CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOSA INVERSIONES SpA

CVE 2669206
Fecha instrumento
9 de junio de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de junio de 2025
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Invertir, en Chile o en el extranjero, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercios y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada y, en general, toda clase de títulos y valores mobiliarios; b) Participar en toda clase de negocios o empresas inmobiliarias; c) La prestación de toda clase de asesorías en materias comerciales, financieras, económicas, mercantiles, de inversiones, administrativas y consultorías en general; d) Administrar por cuenta propia o ajena toda clase de negocios o agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, franquicias, empresas o bienes de cualquier naturaleza; e) El desarrollo de todo tipo de negocio inmobiliario, como es adquirir, enajenar, arrendar y, en general, explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces urbanos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; compra, venta, permuta, arriendo, uso, usufructo de bienes raíces, la realización de proyectos de urbanización y construcción de bienes inmuebles. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, y, en general, todos los actos y contratos, generales o particulares que se relacionen, y)o que sirvan para materializar el cumplimiento del objeto, o que los socios acuerden con posterioridad

Administración

El uso de la razón social y la administración de la sociedad serán ejercidos de acuerdo con el régimen de poderes que se indica a continuación: I) APODERADOS CLASE A): Se designa como apoderado “clase A”, a SALVADOR RICARDO SOSA RODRÍGUEZ, II. APODERADOS CLASE B. Se designa como Apoderado “clase B” a doña NATALIA CAROLINA BERTHOLET DOMINGUEZ

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de junio del año 2025, Rep. N° 6907-2025, ante mí, don SALVADOR RICARDO SOSA RODRÍGUEZ, cédula de identidad para extranjeros número catorce millones seiscientos cuarenta y ocho mil seiscientos treinta y uno guion dos. Constituye Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “SOSA INVERSIONES SpA” Domicilio: Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales en Chile o extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Invertir, en Chile o en el extranjero, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercios y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada y, en general, toda clase de títulos y valores mobiliarios; b) Participar en toda clase de negocios o empresas inmobiliarias; c) La prestación de toda clase de asesorías en materias comerciales, financieras, económicas, mercantiles, de inversiones, administrativas y consultorías en general; d) Administrar por cuenta propia o ajena toda clase de negocios o agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, franquicias, empresas o bienes de cualquier naturaleza; e) El desarrollo de todo tipo de negocio inmobiliario, como es adquirir, enajenar, arrendar y, en general, explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces urbanos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; compra, venta, permuta, arriendo, uso, usufructo de bienes raíces, la realización de proyectos de urbanización y construcción de bienes inmuebles. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, y, en general, todos los actos y contratos, generales o particulares que se relacionen, y/o que sirvan para materializar el cumplimiento del objeto, o que los socios acuerden con posterioridad. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, dividido en cien acciones de una misma y única serie, nominativas y sin valor nominal, que se suscribe y paga en un plazo de un año a contar de la fecha de la escritura pública.- Administración: El uso de la razón social y la administración de la sociedad serán ejercidos de acuerdo con el régimen de poderes que se indica a continuación: I) APODERADOS CLASE A): Se designa como apoderado “clase A”, a SALVADOR RICARDO SOSA RODRÍGUEZ, II. APODERADOS CLASE B. Se designa como Apoderado “clase B” a doña NATALIA CAROLINA BERTHOLET DOMINGUEZ.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 12 de junio de 2025.