MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

OBRAS VIALES D y P SpA

RUT 77790954-1 CVE 2669283
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
25 de junio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de junio de 2025
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, RM. CERTIFICO por escritura pública hoy, ante mí, JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, don YORDY RODRIGO DELTEIL SALAZAR reduce a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS OBRAS VIALES D Y P SpA” celebrada el 25 de junio de 2025, a las 10:00 horas, se reunió la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto. ANTECEDENTES: La sociedad de “OBRAS VIALES D y P SpA” se constituyó por escritura pública de fecha 30 de Junio de 2023, suscrita ante don MAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, Santiago; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 57.453 Nº 24.932, correspondiente al año 2023, y publicada en el Diario Oficial Nº 43.593, con fecha 5 de Julio de 2023; El capital social es de $500.000, dividido en 500 acciones, completamente suscritas y pagadas. MODIFICACIÓN: a) Se modifica el Artículo Primero de la escritura de constitución social, para que en adelante exprese lo siguiente: El nombre o razón social de la sociedad será “Obras y Servicios Industriales DyP SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía, solo para fines de publicidad, propaganda u operaciones de bancos, la expresión “Obras y Servicios DYP SpA”; b) Se modifica el Artículo Décimo Tercero de la escritura de constitución social, para que en adelante exprese lo siguiente: La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida indistintamente por don YORDY RODRIGO DELTEIL SALAZAR y doña SANDRA ESTER PALMA RAMOS, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en el mismo precepto de la escritura de constitución social, las que se dan por expresamente reproducidas para todos los efectos legales.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 03 de julio de 2025.