SOCIEDAD INMOBILIARIA BETANZO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de junio de 2025
- Repertorio
- 3629-2025
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaría asiento en Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $700.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de cinco años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuo de cinco años, salvo si cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respetivo, todo con una anticipación mínima de seis meses al respectivo período
Objeto social
A) La adquisición, enajenación de bienes raíces, su explotación directa o a través de terceros, en cualquiera de sus formas, su administración y percepción de sus frutos. La inversión en bienes muebles corporales o incorporales de toda clase, como ser acciones, bonos, debentures, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades, y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir o enajenar los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. B) La Inversión inmobiliaria, a través de la compra, arrendamiento, y venta de bienes inmuebles, el desarrollo de proyectos inmobiliarios habitacionales o industriales en terrenos propios o ajenos, la promoción y difusión de estos, C) La prestación de servicios de administración a terceros, sobre todo tipo de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, sea a personas naturales, sociedades civiles o comerciales, nacionales o extranjeras, de cualquier giro, por cuenta propia o ajena, sea constituyéndose para estos efectos en administrador general, mandatario y)o comisionista según la naturaleza de la administración y D) En general, toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que determinen los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Notario Público, Titular Primera Notaría asiento en Lo Barnechea, Av. La Dehesa N°1450, local 1, comuna Lo Barnechea, certifico: Que por escritura pública de fecha 26 de junio de 2025, Repertorio N° 3629 - 2025, ante la Notario Reemplazante doña CATALINA DEL PINO CONSTANZO, compareció: CARLA BEATRIZ BETANZO CARRERA, Las Cujas nueve mil doscientos cincuenta, departamento setecientos siete, comuna de Vitacura, Santiago; y CAROLINA DANIELA BETANZO CARRERA, Los Laureles ciento cuarenta, Villa Bosques del Sur, Lanco, Región de los Ríos, y de paso en esta, constituyeron “SOCIEDAD INMOBILIARIA BETANZO LIMITADA”, nombre fantasía “INMOBILIARIA BETANZO LIMITADA”. Uso razón social y administración corresponde a la socia CARLA BEATRIZ BETANZO CARRERA, cédula de identidad número dieciocho millones ochocientos noventa y cinco mil setecientos cuarenta y cinco guión cinco, amplias facultades indicadas en escritura. Objeto: A) La adquisición, enajenación de bienes raíces, su explotación directa o a través de terceros, en cualquiera de sus formas, su administración y percepción de sus frutos. La inversión en bienes muebles corporales o incorporales de toda clase, como ser acciones, bonos, debentures, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades, y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir o enajenar los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. B) La Inversión inmobiliaria, a través de la compra, arrendamiento, y venta de bienes inmuebles, el desarrollo de proyectos inmobiliarios habitacionales o industriales en terrenos propios o ajenos, la promoción y difusión de estos, C) La prestación de servicios de administración a terceros, sobre todo tipo de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, sea a personas naturales, sociedades civiles o comerciales, nacionales o extranjeras, de cualquier giro, por cuenta propia o ajena, sea constituyéndose para estos efectos en administrador general, mandatario y/o comisionista según la naturaleza de la administración y D) En general, toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que determinen los socios.-Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales que pudiesen establecerse en el resto del país o del extranjero. Capital: $700.000.000 (setecientos millones de pesos), aportados de la siguiente forma: A) cinco por ciento, equivalentes a treinta y cinco millones de pesos, por la socia doña CAROLINA DANIELA BETANZO CARRERA de la siguiente manera: La socia CAROLINA DANIELA BETANZO CARRERA, entera y paga en este acto la suma de quince millones de pesos, en dinero efectivo y que ingresa a caja social, el saldo de veinte millones de pesos, será enterado en un plazo máximo de tres años, a medida que las necesidades de la sociedad lo requiera. B) en un noventa y cinco por ciento por la socia doña CARLA BEATRIZ BETANZO CARRERA, equivalentes a seiscientos sesenta y cinco millones de pesos. La socia doña CARLA BEATRIZ BETANZO CARRERA, entera el capital social, de seiscientos sesenta y cinco millones de pesos, que le corresponde, mediante el aporte en propiedad de los siguientes inmuebles: a) departamento número B setecientos siete del séptimo piso, del Edificio B, del "Condominio Parque Arboleda Lo Curro", con accesos por calle Vía Aurora número nueve mil doscientos cincuenta y cinco y calle Las Cujas número nueve mil doscientos cincuenta, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana. El inmueble se encuentra inscrito a fojas cien mil setecientos ochenta y cinco, número ciento cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y tres, correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El inmueble se avalúa, por las partes, de común acuerdo, en la suma de quinientos ochenta y nueve millones de pesos. b) bodega número setenta y siete D del primer subterráneo, del Edificio A, del "Condominio Parque Arboleda Lo Curro", con accesos por calle Vía Aurora número nueve mil doscientos cincuenta y cinco y calle Las Cujas número nueve mil doscientos cincuenta, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana. El inmueble se encuentra inscrito a fojas cien mil setecientos noventa, número ciento cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y ocho, correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El inmueble se avalúa, por las partes, de común acuerdo, en la suma de tres millones de pesos. c) bodega número noventa y uno del segundo subterráneo, del Edificio B, del "Condominio Parque Arboleda Lo Curro", con accesos por calle Vía Aurora número nueve mil doscientos cincuenta y cinco y calle Las Cujas número nueve mil doscientos cincuenta, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana. El inmueble se encuentra inscrito a fojas cien mil setecientos ochenta y nueve, número ciento cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y siete, correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El inmueble se avalúa, por las partes, de común acuerdo, en la suma de tres millones de pesos. d) estacionamiento número doscientos noventa y tres del segundo subterráneo, del Edificio B, del "Condominio Parque Arboleda Lo Curro", con accesos por calle Vía Aurora número nueve mil doscientos cincuenta y cinco y calle Las Cujas número nueve mil doscientos cincuenta, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana. El inmueble se encuentra inscrito a fojas cien mil setecientos ochenta y ocho, número ciento cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y seis, correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El inmueble se avalúa, por las partes, de común acuerdo, en la suma de ocho millones de pesos. e) estacionamiento número doscientos noventa y dos del segundo subterráneo, del Edificio B, del "Condominio Parque Arboleda Lo Curro", con accesos por calle Vía Aurora número nueve mil doscientos cincuenta y cinco y calle Las Cujas número nueve mil doscientos cincuenta, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana. El inmueble se encuentra inscrito a fojas cien mil setecientos ochenta y siete, número ciento cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y cinco, correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El inmueble se avalúa, por las partes, de común acuerdo, en la suma de ocho millones de pesos. f) estacionamiento número doscientos noventa y uno del segundo subterráneo, del Edificio B, del "Condominio Parque Arboleda Lo Curro", con accesos por calle Vía Aurora número nueve mil doscientos cincuenta y cinco y calle Las Cujas número nueve mil doscientos cincuenta, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana. El inmueble se encuentra inscrito a fojas cien mil setecientos ochenta y seis, número ciento cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y cuatro, correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El inmueble se avalúa, por las partes, de común acuerdo, en la suma de ocho millones de pesos. g) Departamento número mil quinientos tres del décimo quinto piso y del estacionamiento número dos mil ciento quince del segundo subterráneo, ambos del Edificio Torre B del Conjunto Neohaus Ñuñoa, con acceso por Avenida San Eugenio número mil doscientos nueve, Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana. Los inmuebles se encuentran inscritos a fojas treinta y un mil cuatrocientos sesenta y nueve, número cuarenta y cuatro mil quinientos treinta y nueve, correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veinte del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Los inmuebles se avalúan, por las partes, de común acuerdo, en la suma de cuarenta millones de pesos el departamento, y seis millones de pesos el estacionamiento. Responsabilidad limitada monto aportes. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuo de cinco años, salvo si cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respetivo, todo con una anticipación mínima de seis meses al respectivo período.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de julio de 2025.