MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RENTADAYS SpA

RUT 77915897-7 CVE 2668775
Fecha instrumento
1 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de julio de 2025
Repertorio
2975-2025
Notario
RENTADAYS SpA FRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA
Oficio
Décimo Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENTADAYS SpA FRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández Nº201, oficinas 101 y 102, comuna de Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 01 de julio de 2025, Repertorio Nº2.975-2025, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad RENTADAYS SpA, (en adelante, la “Sociedad”) celebrada ante mí, don JUAN PABLO VALCARCEL SAAVEDRA, C.I.Nº20.428.462-8, domiciliado en La Concepción Nº266. Oficina 704, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en el que don Luis Manuel Conejeros Rodríguez, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos sesenta y dos mil seiscientos veintitrés guion seis, don Manuel Plácido Antonio Maneiro, cédula nacional de identidad para extranjeros número veinticinco millones trescientos veintiún mil quinientos setenta y dos guion cero y don Vicente Salvador Muñoz Muñoz, cédula nacional de identidad número veintiún millones ciento diecinueve mil trescientos treinta y cuatro guion cuatro, modificaron los estatutos sociales de la sociedad RENTADAYS SpA, Rol Único Tributario número setenta y siete millones novecientos quince mil ochocientos noventa y siete guion siete, modificándose íntegramente el Título Cuarto de los Estatutos Sociales, referido a la administración de la Sociedad. En este sentido, se modificó la forma de administración de la Sociedad, reformándose íntegramente el ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO de los Estatutos Sociales en los siguientes términos: “La administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá exclusivamente a don Manuel Plácido Antonio Maneiro, cédula nacional de identidad número veinticinco millones trescientos veintiún mil quinientos setenta y dos guión cero, quien actuará siempre anteponiendo la razón social a su firma. El Administrador estará investido de todas las facultades judiciales y extrajudiciales necesarias para el cumplimiento del objeto social, pudiendo ejercerlas en forma amplia y sin otras limitaciones que las establecidas por la ley o los presentes estatutos. En este sentido, podrá obligar válidamente a la Sociedad en toda clase de actos y contratos, ya sean de administración o de disposición, incluyendo, pero no limitándose a, aquellas facultades que se detallan en el Artículo Décimo Cuarto de los presentes estatutos.”. Asimismo, y en razón de la referida reforma, fue modificado el ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO de los Estatutos Sociales estableciéndose las facultades conferidas al administrador (las cuales no serán reproducidas en el presente Extracto) en los siguientes términos: “En el desempeño de sus funciones, el Administrador tendrá las siguientes facultades y atribuciones, además de las que le señale la ley y el Reglamento de Sociedades Anónimas:”. Asimismo, y en razón de adecuar las modificaciones efectuadas relativas a la forma de administración social, fueron eliminados de los Estatutos Sociales el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO, ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO y el ARTÍCULO TRANSITORIO SEGUNDO. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de julio de 2025.