Asesorías Profesionales Los Buches INC. Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de junio de 2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales otros puntos del país o del extranjero. Socios limitan responsabilidad hasta monto respectivos
- Duración
- 3 años a contar de fecha escritura social, que se prorrogará tácita y sucesivamente por iguales períodos de 3 años, si ningún socio manifestare voluntad contraria mediante escritura pública anotada al margen inscripción de sociedad con anticipación no inferior a 6 meses al vencimiento período vigencia en curso
Objeto social
prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios profesionales en materias legales, tributarias y contables, sin limitación alguna, y cualquier actividad relacionada con las anteriores o que sea necesaria para el cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, con domicilio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, las condes, certifico: Por escritura de fecha 27 de junio del año 2025, ante mí, Domingo Andrés Lovera Parmo, Cristian Alejandro Vistoso Vivallo, Ricardo Manuel Lillo Lobos, Ginette Alejandra Illesca Sanhueza, todos domiciliados en Alonso de Córdova 3788 of 41A, Vitacura constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: Asesorías Profesionales Los Buches INC. Limitada, Objeto: prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios profesionales en materias legales, tributarias y contables, sin limitación alguna, y cualquier actividad relacionada con las anteriores o que sea necesaria para el cumplimiento del objeto social. Administración y uso de razón social: Corresponderá don Domingo Andrés Lovera Parmo y don Cristian Alejandro Vistoso Vivallo, quienes tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, tramitaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con el objeto social o que sean necesarias o conducentes a sus fines con las limitaciones y formas de actuación que se detallan al final de la presente cláusula. Capital: $1.000.000, que los socios aportan y se obligan a enterar en la siguiente forma y proporciones: a) don Domingo Andrés Lovera Parmo, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente a un veinticinco por ciento del capital social, suma que entera y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo e ingresado a la caja social; b) don Cristian Alejandro Vistoso Vivallo, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente a veinticinco por ciento del capital social, suma que entera y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo e ingresado a la caja social; c) don Ricardo Manuel Lillo Lobos, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente a veinticinco por ciento del capital social, suma que entera y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo e ingresado a la caja social; y finalmente, d) doña Ginette Alejandra Illesca Sanhueza, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente a veinticinco por ciento del capital social, suma que entera y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo e ingresado a la caja social. Duración: 3 años a contar de fecha escritura social, que se prorrogará tácita y sucesivamente por iguales períodos de 3 años, si ningún socio manifestare voluntad contraria mediante escritura pública anotada al margen inscripción de sociedad con anticipación no inferior a 6 meses al vencimiento período vigencia en curso. Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales otros puntos del país o del extranjero. Socios limitan responsabilidad hasta monto respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 03 de julio de 2025.