Instrumento
- Fecha
- 2 de julio de 2025
- Notario
- REINALDO HERNÁN VILLALOBOS PELLEGRINI
- Oficio
- Cuarta Notaría de esta comuna
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
- Domicilio
- Coquimbo
- Duración
- Indefinida
Objeto social
el ejercicio de la actividad comercial en las formas más amplias y en especial la realización de actividades relacionadas con medios de comunicación, producción audiovisual, creación de contenido, difusión en plataformas digitales, servicios publicitarios, asesorías comunicacionales y cualquier otra actividad afín a las comunicaciones en todas sus expresiones, pudiendo al efecto, tomar concesiones, establecer radioemisoras y canales de televisión, efectuar radiodifusión sonora y televisiva, realizar producción y venta publicitaria, de eventos y audiovisual, y la implementación de medios de comunicación a través de Internet, aplicaciones y otros medios electrónicos, servicios profesionales y no profesionales, la investigación y el desarrollo tecnológico, todo por cuenta propia o de terceros y en general la realización de cualquiera otra actividad que los accionistas acuerden, pudiendo al efecto celebrar y ejecutar todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines, ya sea con entidades públicas y)o privados, nacionales y)o extranjeras, y en general, realizar cualquier otra actividad relacionada o no, con el objeto principal que los socios acuerden de consuno
Administración
La sociedad será administrada por ambos socios accionistas, quienes actuarán en calidad de representantes legales conjuntos, es decir, será necesaria la firma de ambos para obligar a la sociedad en todos sus actos y contratos, y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento de su objeto, según se señalan en artículo décimo de los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn Coquimbo, Chile, a 02 de julio de dos mil veinticinco, ante mí, REINALDO HERNÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de esta comuna, domiciliado en Ruta D cuarenta y tres número novecientos uno, oficina ciento uno, primer piso, Edificio Empresarial, certifico que por escritura pública escritura hoy, ante mí, repertorio número 1259-2025, don TOMÁS ZACHARY DUEÑAS TANGUIS, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número dieciocho millones seiscientos cuarenta y dos trescientos noventa y nueve guion dos, domiciliada en Parcela treinta y nueve El Angelino, Fundo Loreto, Altovalsol comuna de La Serena, y doña FRANCESCA SOFÍA QUERCIA MERY, chilena, casada y separada totalmente de bienes, publicista, cédula nacional de identidad número diecinueve millones ochocientos sesenta y cuatro mil ciento treinta guion ocho, domiciliada en calle San Joaquín dos mil once, departamento trescientos catorce, comuna de La Serena, ambos de paso en esta ciudad, quienes constituyen sociedad por acciones, en los siguientes términos: Nombre: “SOCIEDAD AGRIDULCE COMUNICACIONES SPA”, nombres de fantasía o para fines publicitarios “AGRIDULCE SPA”. Domicilio: Coquimbo. Objeto: el ejercicio de la actividad comercial en las formas más amplias y en especial la realización de actividades relacionadas con medios de comunicación, producción audiovisual, creación de contenido, difusión en plataformas digitales, servicios publicitarios, asesorías comunicacionales y cualquier otra actividad afín a las comunicaciones en todas sus expresiones, pudiendo al efecto, tomar concesiones, establecer radioemisoras y canales de televisión, efectuar radiodifusión sonora y televisiva, realizar producción y venta publicitaria, de eventos y audiovisual, y la implementación de medios de comunicación a través de Internet, aplicaciones y otros medios electrónicos, servicios profesionales y no profesionales, la investigación y el desarrollo tecnológico, todo por cuenta propia o de terceros y en general la realización de cualquiera otra actividad que los accionistas acuerden, pudiendo al efecto celebrar y ejecutar todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines, ya sea con entidades públicas y/o privados, nacionales y/o extranjeras, y en general, realizar cualquier otra actividad relacionada o no, con el objeto principal que los socios acuerden de consuno.- Administración: La sociedad será administrada por ambos socios accionistas, quienes actuarán en calidad de representantes legales conjuntos, es decir, será necesaria la firma de ambos para obligar a la sociedad en todos sus actos y contratos, y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento de su objeto, según se señalan en artículo décimo de los estatutos. Capital social: dos millones de pesos ($2.000.000) dividido en dos mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, capital que se encuentra íntegramente suscrito en partes iguales por los socios, y enterado. Plazo: indefinido. Demás disposiciones en escritura extractada. Coquimbo, 02 de julio de 2025.