PARADIGMA GESTIÓN ESTRATÉGICA DE RIESGOS Y SEGURIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de mayo de 2025
- Notario
- MARCOS ANDRES DIAZ LEON
- Oficio
- Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca
- Comuna
- Viña del Mar con asiento en Reñaca
Sociedad
- Capital
- $960.000 CLP
Objeto social
MODIFICACIÓN DEL
Administración
La administración, representación y el uso del nombre de la compañía corresponderá conjuntamente a don CARLOS DAVID OVALLE AGUILERA, cédula nacional de identidad número 7.370.454-5, y don RUPERTO RODOLFO SOTO REYES, cédula nacional de identidad número 4.895.921-4, quienes actuando en conjunto y anteponiendo sus firmas a la razón social, tendrán las más amplias facultades para administrar la sociedad, celebrar toda clase de actos y contratos relacionados con el giro social, adquirir y enajenar bienes, representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y en general ejercer todas las facultades necesarias para el cumplimiento del
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| DANIEL RODOLFO SOTO MUÑOZ | socio | 10537564-2 | — | — | |
| XIMENA MARGARITA SOTO MUÑOZ | socio | 10244701-8 | — | — | |
| RUPERTO RODOLFO SOTO REYES | socio | 4895921-4 | — | — | |
| CARLOS DAVID OVALLE AGUILERA | socio | 7370454-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño número catorce mil cuatrocientos treinta y nueve, local ciento cinco, certifico: Que, por escritura pública de fecha 16 de mayo de 2025, repertorio número 1994, ante mí, comparecieron: DANIEL RODOLFO SOTO MUÑOZ, CNI 10.537.564-2; XIMENA MARGARITA SOTO MUÑOZ, CNI 10.244.701-8; RUPERTO RODOLFO SOTO REYES, CNI 4.895.921-4; y CARLOS DAVID OVALLE AGUILERA, CNI 7.370.454-5. Todos mayores de edad, domiciliados en Viña del Mar, quienes procedieron a la cesión de derechos sociales y modificación de estatutos de la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada "PARADIGMA GESTIÓN ESTRATÉGICA DE RIESGOS Y SEGURIDAD LIMITADA", constituida por escritura pública de fecha 14 de agosto de 2024, otorgada ante este Notario, inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar a folio 1136, número 747, del año 2024, de la cual extracto lo siguiente: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: Don DANIEL RODOLFO SOTO MUÑOZ cede, vende y transfiere irrevocablemente a doña XIMENA MARGARITA SOTO MUÑOZ, quien acepta la cesión, la totalidad de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad, equivalentes al 32% del capital social, esto es, $960.000.- CAPITAL Y NUEVA DISTRIBUCIÓN: El capital social asciende a $3.000.000.-, quedando distribuido entre los socios de la siguiente manera: RUPERTO RODOLFO SOTO REYES, 36%, equivalente a $1.080.000.-; CARLOS DAVID OVALLE AGUILERA, 32%, equivalente a $960.000.-; y XIMENA MARGARITA SOTO MUÑOZ, 32%, equivalente a $960.000.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y el uso del nombre de la compañía corresponderá conjuntamente a don CARLOS DAVID OVALLE AGUILERA, cédula nacional de identidad número 7.370.454-5, y don RUPERTO RODOLFO SOTO REYES, cédula nacional de identidad número 4.895.921-4, quienes actuando en conjunto y anteponiendo sus firmas a la razón social, tendrán las más amplias facultades para administrar la sociedad, celebrar toda clase de actos y contratos relacionados con el giro social, adquirir y enajenar bienes, representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y en general ejercer todas las facultades necesarias para el cumplimiento del objeto social. MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL: Se agregan al objeto social existente las siguientes actividades: f) DESARROLLAR ACTIVIDADES INHERENTES A SEGURIDAD PRIVADA, cuya finalidad es proteger a las personas, bienes y procesos productivos de quienes contraten los servicios de la sociedad; g) SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD y SERVICIOS PERSONALES DE SEGURIDAD, disponiendo de medios materiales y humanos, suministrando servicios destinados a la protección de personas y bienes; h) PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN RECINTOS PORTUARIOS Y AEROPUERTOS, conforme a las disposiciones del decreto ley número tres mil seiscientos siete, de mil novecientos ochenta y uno. PACTOS ADICIONALES: Los socios acuerdan cláusula de no competencia por dos años después del retiro, derecho de primera opción con plazo de treinta días para ejercer este derecho, y confidencialidad por cinco años después de la desvinculación del socio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Reñaca, Viña del Mar, a 30 de junio de 2025.