Instrumento
- Fecha
- 25 de junio de 2025
- Repertorio
- 6563-25
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- agrupación comunas de Temuco
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: desarrollar directamente o por medio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las actividades de arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular agrupación comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, Temuco, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí de fecha 25 de Junio del año 2025, Repertorio N° 6563-25, ante mí, doña KAREN YESSENIA RAMOS ALMENDRA, chilena, soltera, educadora de párvulos, cédula de identidad número dieciocho millones cuatrocientos treinta y siete mil setecientos noventa y cinco guion cero, domiciliada en Villa Alegre novecientos ochenta, departamento doscientos doce torre B, Padre las Casas y de paso por esta ciudad y don NICOLAS LEANDRO PINILLA DIAZ, chileno, soltero, ingeniero en administración de empresas, cédula de identidad número diecisiete millones cuatrocientos ochenta y dos mil noventa y dos guion nueve, domiciliado en California dos mil quinientos veinte, departamento doscientos ocho comuna de Providencia; constituyeron sociedad por acciones denominada SOCIEDAD DOÑA DOMINGA SpA, con nombre de fantasía “SOCIEDAD DOÑA DOMINGA SpA”. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Domicilio: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, sin perjuicio de las sucursales y agencias, que se acuerden establecer en otros lugares del país o el extranjero. Objeto Social: El objeto de la sociedad será: desarrollar directamente o por medio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las actividades de arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos. Capital: El capital de la sociedad será de diez millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: a) doña KAREN YESSENIA RAMOS ALMENDRA suscribe cincuenta acciones, en la suma de cien mil pesos cada una, que entera y paga en este acto, ingresando de este modo a la caja social. b) don NICOLAS LEANDRO PINILLA DIAZ suscribe cincuenta acciones, en la suma de cien mil pesos cada una, que entera y paga en este acto, ingresando de este modo a la caja social. De esta forma el capital inicial de la sociedad ha quedado suscrito íntegramente con esta fecha. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a doña KAREN YESSENIA RAMOS ALMENDRA. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 01 de Julio de 2025.