Pirca Construcciones Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2025
- Notario
- ANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO
- Domicilio
- Linares
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- Linares, Región del Maule
- Duración
- Cinco años a contar de la fecha de la escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad contraria, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio de Linares, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del plazo que esté en
Objeto social
El objeto social será: El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y de todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad y cualquier otro objeto que acordaren los
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá individualmente a Felipe Daniel Stuardo Bustos, con las facultades que se indican en la escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO, Abogado, Notario Público, titular de Linares, con oficio en calle Chacabuco N° 551-A, CERTIFICO: Por escritura pública de 4 de Junio de 2025,ante mí: FELIPE DANIEL STUARDO BUSTOS, chileno, ingeniero, casado, C.I N° 15.624.646-8, ESTEBAN ARIEL VALDÉS PACHECO, chileno, ingeniero, soltero, C.I N° 16.270.191-6 y MANUEL EFRAÍN JAUREGUY VEJAR, chileno, técnico, casado, C.I N° 14.330.534-1, todos domiciliados en Avenida Quinamávida 3166, Quinamávida, Linares, Región del Maule, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. RAZÓN SOCIAL: “Pirca Construcciones Limitada” pudiendo usar el nombre de fantasía “Pirca Construcciones Ltda”. OBJETO: El objeto social será: El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y de todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad y cualquier otro objeto que acordaren los socios. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá individualmente a Felipe Daniel Stuardo Bustos, con las facultades que se indican en la escritura. CAPITAL. El capital social es la cantidad de $15.000.000.-, que los socios aportan y pagan en este acto en dinero en efectivo en las siguientes proporciones: a) Felipe Daniel Stuardo Bustos aporta y paga $5.000.000.- b) Esteban Ariel Valdés Pacheco aporta y paga $5.000.000.-, y c) Manuel Efraín Jaureguy Vejar aporta y paga $5.000.000.- De esta forma el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a la caja social. DURACIÓN. Cinco años a contar de la fecha de la escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad contraria, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio de Linares, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del plazo que esté en vigencia. DOMICILIO. Linares, Región del Maule, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Linares, a 10 de Junio de 2025.