INVERSIONES BLACKOUT SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2021
- Notario
- Paulina Celis Maggi
- Oficio
- Interina de la Segunda Notaría de Providencia
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES BLACKOUT SpA | socio | 77498294-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPaulina Celis Maggi, Abogada, Notario Público Interina de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Certifica: Por escritura pública, otorgada hoy ante mí, don CLAUDIO ENRIQUE GACITUA DECAR, don MIGUEL ÁNGEL OLGUIN TAPIA y don BASTIAN LUIS ÁNGEL PAREDES ESCOBAR; modifican sociedad INVERSIONES BLACKOUT SpA, RUT N° 77.498.294-K, la que fue constituida por escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2021, otorgada ante don Javier Ignacio Hormazábal Collao, Notario Suplente de la 19° Notaría de Santiago de don Ricardo Reveco Hormazábal, extracto inscrito a fojas 93.254 número 42.888 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2021 y publicado en el Diario Oficial el 27 de noviembre de 2021. Claudio Enrique Gacitúa Decar, cede y transfiere a título oneroso 2.000 acciones, a Miguel Ángel Olguín Tapia, quien acepta y adquiere para sí, dichas acciones, pasando a ser titular de 4.000 acciones, en la suma de $5.000.000. Por su parte, Bastián Luis Ángel Paredes Escobar, mantiene su participación de 2.000 acciones. En consecuencia, Claudio Enrique Gacitúa Decar deja de ser accionista de la sociedad. Además, se deja constancia que, a contar de la fecha del presente instrumento, los únicos y actuales accionistas y dueños de la totalidad de las acciones son Miguel Ángel Olguín Tapia, titular de 4.000 acciones, y Bastián Luis Ángel Paredes Escobar, titular de 2.000 acciones; quienes modifican pacto social de INVERSIONES BLACKOUT SpA modificando el Artículo Décimo del Título Tercero de los estatutos, designando como único administrador y gerente general a Miguel Ángel Olguín Tapia, quien ejercerá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con todas las facultades contempladas en el pacto social constitutivo, incluidas aquellas que requieren mención expresa conforme al artículo 7° de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, las que se entienden íntegramente reproducidas. Se conviene, además, que todas las demás cláusulas del pacto social no modificadas por esta escritura se entienden vigentes y plenamente válidas. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 06 de Mayo de 2025.