FRASSER, MAZZEI Y CÍA. ABOGADOS Y CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de mayo de 2025
- Repertorio
- 7948-2025
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48ª. Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $490.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la 48ª. Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo 3076, piso 6, Las Condes, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 27/05/2025, Repertorio N°7.948-2025, ante mí, compareció don FELIPE ANDRÉS FRASSER MALVERDE y don JOSÉ FRANCISCO MAZZEI ALLIENDE, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°3076, oficina N°702, Las Condes, Región Metropolitana; modificaron “FRASSER, MAZZEI Y CÍA. ABOGADOS Y CONSULTORES LIMITADA”, RUT N°77.878.606- 0, constituida por escritura pública el 13 de marzo de 2024, inscrita a Fs. 26998, número 11458 del año 2024, en el Registro de Comercio de Santiago, en la siguiente forma: don Felipe Andrés Frasser Malverde, vende, cede y transfiere a don José Francisco Mazzei Alliende, quien acepta y adquiere para sí, el 49% por ciento de los derechos sociales que posee en FRASSER, MAZZEI Y CÍA. ABOGADOS Y CONSULTORES LIMITADA, equivalentes a $490.000 del capital social. El precio de la presente cesión es la suma de $490.000, que el comprador paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando el cedente haberlo recibido a su entera satisfacción, por lo que otorga el más amplio y total finiquito. Como consecuencia de la compraventa y cesión de derechos sociales, los actuales y únicos socios acuerdan introducir las siguientes modificaciones a los estatutos sociales, que se indican a continuación: 1. Se reemplaza el artículo segundo de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO: El nombre de la sociedad será MAZZEI Y CÍA. ABOGADOS Y CONSULTORES LIMITADA, pudiendo actuar y funcionar, en el mundo del comercio e inclusive ante los Bancos e instituciones financieras, así como ante cualquier entidad pública o privada, con el nombre de fantasía BRIGHT ALLIANCE LTDA.”. 2. Se reemplaza el artículo sexto de los estatutos que queda como sigue: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que se encuentra íntegramente enterado, aportado y pagado por los socios de la siguiente forma y/o modo: a) Don JOSÉ FRANCISCO MAZZEI ALLIENDE con la suma de novecientos noventa mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del total del capital social; b) Don FELIPE ANDRÉS FRASSER MALVERDE, con la suma de diez mil pesos, equivalentes al uno por ciento del total del capital social. Los aportes antes señalados se encuentran ya enterados a la fecha”. 3. Se reemplaza el artículo séptimo de los estatutos que queda como sigue: “ARTÍCULO SÉPTIMO: La administración, uso del nombre y representación judicial y extrajudicial de la sociedad, corresponderá a don JOSÉ FRANCISCO MAZZEI ALLIENDE, quien, a nombre de la sociedad y anteponiendo a sus firma personal el nombre o razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que en derecho correspondan, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos y ejecutar todas las labores necesarias al objeto social, sin limitación alguna, inclusive las de autocontratar”. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 30 de Junio de 2025.- DOY FE.-