MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CORVI INGENIERÍA Y SERVICIOS A LA MINERÍA SOCIEDAD POR ACCIONES

RUT 76073881-6 CVE 2666334
Fecha instrumento
27 de junio de 2025

Instrumento

Fecha
27 de junio de 2025

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Certifico: Por escritura pública hoy ante mí HEIDI PATRICIA CAVIERES ARAYA, con domicilio en calle Simón Bolívar N°202, Local 2 de la comuna de Iquique, conforme Ley Nº19.499 don JOSÉ JULIO CORTES ROJAS, doña CECILIA DEL ROSARIO CORTES OLIVARES y don MARCO ABRAHAM CORTES VILLALOBOS todos con domicilio en calle Las Quintas N°30, comuna de Pozo Almonte, socios y cedentes y cesionario de CORVI INGENIERÍA Y SERVICIOS A LA MINERÍA SOCIEDAD POR ACCIONES o CORVI SPA, capital cuarenta millones de pesos, sanearon por escritura pública de fecha 27 de junio de 2025, la escritura de compraventa de acciones y acuerdo de modificación de sociedad CORVI INGENIERÍA Y SERVICIOS A LA MINERÍA SOCIEDAD POR ACCIONES o CORVI SPA de fecha 17 abril del 2025, otorgada ante la notaria Hedi Cavieres Araya, repertorio Nº.818, domiciliado en Simón Bolívar N°202, Local 2, Iquique. Vicio consistió en no inscribir en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Pozo Almonte la compraventa de acciones y acuerdo de modificación de sociedad que consta en escritura de fecha 17 abril 2025, y publicar el referido extracto en el Diario Oficial. Las estipulaciones de dicha escritura son: don JOSÉ JULIO CORTES ROJAS y doña CECILIA DEL ROSARIO CORTES OLIVARES, vendieron el cien por ciento de sus acciones en la sociedad a don MARCO ABRAHAM CORTES VILLALOBOS, cédula nacional de identidad y rol único tributario número trece millones ochocientos sesenta y dos mil ochocientos once guion seis, quedando este último como único dueño de la sociedad, en ese mismo acto el único socio, modificó dos artículos de sus estatutos sociales, a) El artículo PRIMERO que dice relación con el nombre social, siendo su nuevo nombre ECR SERVICIOS SOCIEDAD POR ACCIONES O ECR SERVICIOS SpA; b) Se modificó íntegramente el artículo cuarto que dice relación con el objeto social, el cual quedó del siguiente tenor: El objeto de la sociedad consistirá en: a) La prestación de servicios integrales para la minería, la prestación de servicios de ingeniería, construcción, tanto por cuenta propia como ajena, como contratista o subcontratista; b) La prestación de servicios de asesoría en proyectos Mineros, así como cualquier otro servicio relacionado directa o indirectamente con los rubros antes señalados; c)La compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación, incluyendo reparación, mantención modificación, manufactura y transformación, de toda clase de máquinas y equipos: industriales, mineros, metalúrgicos, topográficos, eléctricos, electromecánicos, sus accesorios, repuestos, insumos, materiales, herramientas, partes y piezas, productos en proceso o terminados de áreas antes indicadas; d) El arrendamiento de camionetas, camiones, automóviles, maquinaria pesada y renta a car, todos con o sin chofer, de equipos industriales; e) La contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros; f) La asesoría y consultoría en relación con la labores anteriores; g) la sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socio o accionista, incluso asumiendo la administración de tales entidades; h) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas, y el uso de las licencias que les serán permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado; i) Las actividades a desarrollar podrán ser ejecutadas directamente o por medio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, así como todo lo que, en la actualidad, o en el futuro, esté relacionado de cualquier manera, con los giros antes expresados. La sociedad podrá realizar sus giros directamente o asociándose con terceros en cualquier forma, pudiendo para estos efectos contratar servicios de terceros y también actuar como gestor en asociaciones o cuentas en participación, actuando por cuenta propia o ajena, representando incluso empresas o marcas internacionales; asimismo la sociedad podrá participar de cualquier otra actividad que el empresario acuerde sin que para ello sea necesario la modificación de la presente escritura. Además la sociedad podrá desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de Ley trescientos cuarenta y uno de mil novecientos setenta y siete y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres. La referida cesión y modificación no se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte y no se publicó dentro de plazo, incurriéndose en un vicio de forma, conforme lo señala el artículo uno y siguientes de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve.En todo lo no modificado rige plenamente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Iquique, 27 de junio de 2025.- Doy Fe.