SOCIEDAD DE INVERSIONES RIVAS VIÑUELA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2025
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $722.079.753 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico: Que, por escritura pública de fecha 28/05/2025, Rep. 3440, ante mí, comparece: Doña MARÍA DEL CARMEN VIÑUELA MIRANDA, don RODRIGO IVAN RIVAS TAPIA, y don JOSÉ TOMÁS RIVAS VIÑUELA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Golf Lomas de La Dehesa número ocho mil cuatrocientos cincuenta y siete, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, quienes en virtud de lo establecido en el artículo mil quinientos cuarenta y cinco y articulo mil quinientos cincuenta y siete del Código Civil, y con la concurrencia de la voluntad de todos los socios de la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES RIVAS VIÑUELA LIMITADA”, inscrita a fojas 21.446, N°16.192 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2003, acordaron resciliar y dejar sin efecto solo en la parte relativa a la cesión de derechos y consiguiente modificación de la cláusula quinto de los estatutos de la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES RIVAS VIÑUELA LIMITADA”, la cual se encuentra en las cláusulas CUARTO, QUINTO, SEXTO y SÉPTIMO de la escritura pública de modificación de la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES RIVAS VIÑUELA LIMITADA”, de fecha seis de octubre de dos mil veintiuno, otorgada en la Notaria de don Félix Jara Cadot, la cual se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 81.556º, N°37.612 del año 2021. Lo anterior, en virtud de que don JOSÉ TOMAS RIVAS VIÑUELA, no ha pagado y no podrá pagar, a don RODRIGO IVAN RIVAS TAPIA, el precio de la venta, cesión y transferencia de los derechos sociales, la cual ascendía a la suma de $72.207.975 pesos. A razón de lo anterior, la cláusula QUINTO del pacto social queda en el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social asciende a la suma de setecientos veintidós millones setenta y nueve mil setecientos cincuenta y tres pesos, que se distribuye y es aportado por los socios en la siguiente proporción: (i) Don RODRIGO IVÁN RIVAS TAPIA, aportó la suma de cuatrocientos cuarenta y nueve millones setenta y nueve mil setecientos cincuenta y tres pesos, equivalente al sesenta y dos coma diecinueve por ciento de los derechos sociales, y (ii) Doña MARÍA DEL CARMEN VIÑUELA MIRANDA aportó la suma de doscientos setenta y tres millones de pesos, equivalente al treinta y siete coma ochenta y un por ciento de los derechos sociales. Sumas que se encuentran totalmente pagadas y enteradas en el capital de la Sociedad”. En todo lo no modificado rigen las disposiciones contenidas en los estatutos sociales. Se otorgan finiquito de toda clase de obligaciones respecto de la resciliación señalada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. El capital social corresponde a la suma de $722.079.753 pesos. Santiago, 16 de junio del 2025.