Scale Capital Partners V SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de junio de 2025
- Repertorio
- 29914-2025
- Notario
- Maria Soledad lascar Merino
- Oficio
- 38° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaria Soledad lascar Merino, Abogado, Notario Publico Titular de la 38° Notaria de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10 comuna Las Condes, certifico: que con fecha 23 de junio de 2025, ante mí, bajo el repertorio N° 29.914-2025, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad SCALE CAPITAL PARTNERS V SpA, sociedad inscrita a fojas 45.157, número 17.453 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025 (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con la misma fecha, en la que se acordó aumentar el capital social de la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de $11.800.000.000, dividido en 11.800.000 acciones, mediante la emisión de 11.799.000 acciones de pago, representativas de $11.799.000.000. Se acordó que del total de las acciones de pago emitidas, 11.699.000 acciones tendrán la calidad de Serie A y 100.000 tendrán la calidad de Serie B, y se dejó constancia que las 1.000 acciones existentes, suscritas y pagadas, a contar de la misma fecha se entenderán canjeadas por acciones de la Serie A. En consecuencia, se sustituyeron los artículos Quinto permanente y Primero transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: Artículo Quinto. El capital social es de once mil ochocientos millones de pesos, dividido en once millones ochocientos mil acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales once millones setecientos mil corresponden a la Serie A, y cien mil a la Serie B, las que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. Las acciones de la Serie A gozan de una preferencia en virtud de la cual los accionistas de dicha serie representan el cien por ciento de los derechos políticos conforme a su participación accionaria en la Sociedad. Asimismo, cada accionista titular de acciones Serie A tendrá derecho, como preferencias económicas, a la recuperación de la totalidad de su inversión en la Sociedad, así como a una rentabilidad mínima acumulada del ocho por ciento anual sobre el Retorno (“Retorno Mínimo”), entendiéndose por “Retorno”: Sigma N i igual a cero. CFi dividido en paréntesis uno más r elevado a t i igual a cero donde: i significa cada momento desde (e incluyendo) la fecha de celebración del contrato de compraventa de acciones de la sociedad Veltis SpA por parte de la Sociedad (la “Compraventa de Acciones”) hasta el momento relevante en el cual se determine el Retorno. CFi significa la variación en el Retorno menos la variación en la Inversión del Accionista en cada momento i. Para evitar dudas: (i) CF 0 es igual a la Inversión Inicial del Accionista; (ii) Inversión Inicial del Accionista significa la cantidad efectivamente aportada a la Sociedad por parte del accionista respectivo y (iii) Inversión del Accionista significa la Inversión Inicial del Accionista más la suma de todos los montos brutos invertidos por el Accionista en la adquisición de la empresa Veltis SpA y sus filiales desde la celebración de la Compraventa de Acciones, pero sin incluir dicha fecha. t i significa el tiempo transcurrido desde la fecha de la Compraventa de Acciones hasta cada momento i y se determinará dividiendo el número de días corridos desde la fecha de celebración de la Compraventa de Acciones hasta el momento i correspondiente, entre trescientos sesenta y cinco. r significa la Rentabilidad del Accionista. Las preferencias económicas de la Serie A estarán sujetas a la existencia de utilidades que puedan ser distribuidas a los accionistas. En ningún caso la Sociedad ni sus filiales se endeudarán para cubrir el Retorno Mínimo, salvo acuerdo en contrario adoptado en junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad. Por otra parte, las acciones de la Serie B no tendrán derecho a voto ni serán consideradas para efectos de los quórum de constitución o de adopción de acuerdos en juntas de accionistas de la Sociedad. Además de las preferencias antes señaladas, las acciones Serie A y Serie B tendrán los siguientes derechos preferentes para recibir dividendos, utilidades o repartos que realice la Sociedad (las “Distribuciones”) de la siguiente manera y en el siguiente orden: (i) Primero, el 100% de las Distribuciones serán distribuidas a las acciones Serie A hasta que las acciones de dicha serie hayan recibido un monto equivalente al Retorno Mínimo; (ii) Segundo, el 100% de las Distribuciones serán distribuidas a las acciones Serie B hasta que las acciones de dicha serie hayan recibido un equivalente a un diez por ciento del total de las Distribuciones recibidas por la Serie A conforme al literal (i); y (iii) Tercero, el noventa por ciento de las Distribuciones serán distribuidas a las acciones Serie A y el diez por ciento de las Distribuciones serán distribuidas a las acciones Serie B. En caso de que la Sociedad deba efectuar retenciones a accionistas, dichas retenciones serán de cargo de dichas personas o entidades y no se considerarán para el cálculo de las Distribuciones antes mencionadas. En caso de que la Sociedad deba efectuar retenciones a accionistas, dichas retenciones serán de cargo de dichas personas o entidades y no se considerarán para el cálculo de las Distribuciones antes mencionadas”. “Artículo Primero Transitorio. Suscripción y pago del capital. El capital de la Sociedad ascendente a la suma de once mil ochocientos millones de pesos, dividido en once millones ochocientos mil acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales once millones setecientos mil corresponden a la Serie A, y cien mil a la Serie B, ha sido parcialmente suscrito y pagado en los siguientes términos: i) mil acciones Serie A, representativas de un millón de pesos del capital social, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; ii) once millones seiscientos noventa y nueve mil acciones Serie A, representativas de once mil seiscientos noventa y nueve millones de pesos del capital social, se suscribirán y pagarán en el plazo máximo de cinco días contados de esta fecha; y, iii) cien mil acciones Serie B, representativas de cien millones de pesos del capital social, se suscribirán y pagarán en el plazo máximo de cinco años contados de esta fecha, en los términos y bajo las condiciones que determine la administración de la Sociedad”. Se acordaron modificaciones que no son materia de extracto. Demás estipulaciones y acuerdos constan escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 25 de junio de 2025.