FARMACÉUTICA SAN ANTONIO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de octubre de 1991
- Notario
- Nicole Parra Apablaza
- Oficio
- Interina de la Segunda Notaría de Providencia doña Paulina Celis Maggi
- Comuna
- Providencia doña Paulina Celis Maggi
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNicole Parra Apablaza, Abogada, Notario Público Suplente de la Interina de la Segunda Notaría de Providencia doña Paulina Celis Maggi, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS, ambos domiciliados en calle Meulin 8715, Condominio Ensenada, comuna de Peñalolén, Santiago; Doña TATIANA FIDELINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, domiciliada en calle Domingo Toro Herrera 1381, comuna de Ñuñoa, Santiago; don IVO HUMBERTO HERQUIÑIGO RECKMANN, domiciliado en calle Julio Prado 1855, depto. 819, comuna de Ñuñoa, Santiago; doña CAROLINA PIA HERQUIÑIGO RECKMANN, domiciliada en calle Lo Encalada 504, comuna de Ñuñoa, Santiago; doña CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ y don JORGE ANDRÉS VARELA VALLEJOS, ambos domiciliados en calle Armando Moock 3777, depto. 806, torre B, comuna de Macul, Santiago; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “FARMACÉUTICA SAN ANTONIO LIMITADA”, Rut N° 78.158.030-9, la que se constituyó por escritura pública de fecha 14 de octubre de 1991, otorgada ante el Notario Público, Titular de la Séptima Notaría de Santiago don Arturo Carvajal Escobar, cuyo extracto se inscribió a fojas 32.121 número 16.296 en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1991, y fue publicado en el sociedad fue modificada por primera vez, mediante escritura pública de fecha 24 de junio de 2022, otorgada ante el Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, cuyo extracto se inscribió a fojas 52.084 número 23.278 en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, y fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile edición N° 43.295 de fecha 06 de julio de 2022.- La sociedad fue modificada por segunda vez, mediante escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2023, otorgada ante el Notario Público doña Paulina Celis Maggi, Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, cuyo extracto se inscribió a fojas 99.599, número 42.388, en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, y fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile N° 43.709, de fecha 24 de noviembre de 2023.- Modificación consiste: a) Don Ivo Humberto Herquiñigo Reckmann, vende, cede y transfiere el 16% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño, a doña Tatiana Fidelina González González, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $12.800.000.- suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente. b) Don Ivo Humberto Herquiñigo Reckmann, vende, cede y transfiere el 4% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño, a doña Camila Muriel Viedma González, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $3.200.000.-, suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente. c) Don Iván Saide Herquiñigo Rojas vende, cede y transfiere el 10% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño, a doña Camila Muriel Viedma González, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $8.000.000.-, suma que la parte cesionaria paga y pagará de la siguiente manera: con la suma $4.000.000.- en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, y el saldo de $4.000.000.- se pagaran al contado y en dinero en efectivo, el día 10 de julio de 2025.- d) Doña Carolina Pía Herquiñigo Reckmann, vende, cede y transfiere el 20% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a don Jorge Andrés Varela Vallejos, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $16.000.000.-, suma que la parte cesionaria pagará al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, el día 10 de julio de 2025.- Como consecuencia de las cesiones, se retira de la sociedad don Iván Saide Herquiñigo Rojas, don Ivo Humberto Herquiñigo Reckmann y doña Carolina Pía Herquiñigo Reckmann, e ingresa como nuevo socio don Jorge Andrés Varela Vallejos, quedando las participaciones sociales del modo siguiente: a) Doña Tatiana Fidelina González González, con un 40% del capital social y propiedad de la sociedad; b) Doña Camila Muriel Viedma González, con un 40% del capital social y propiedad de la sociedad, y c) Don Jorge Andrés Varela Vallejos, con un 20% del capital social y propiedad de la sociedad.- Los actuales socios, ya señalados precedentemente, modifican la cláusula cuarta del pacto social primitivo, referente a la administración de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “CUARTO: La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad, corresponderá en forma separada, indistinta e independientemente a doña CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ y a don JORGE ANDRES VARELA VALLEJOS. Tales administradores, actuando en forma separada por la sociedad, estarán investidos de todas las facultades de administración, detalladas en escritura extractada.”.- Los actuales socios, ya señalados precedentemente, vienen en modificar la cláusula quinta del pacto social primitivo, referente al capital de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña TATIANA FIDELINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, aporta la suma de cuatro millones de pesos, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; b) Doña CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ, aporta la suma de cuatro millones de pesos, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social, y c) Don JORGE ANDRÉS VARELA VALLEJOS, aporta la suma de dos millones de pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social.”.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- En todo lo no modificado rigen todas las cláusulas establecidas en el pacto social primitivo y sus modificaciones.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.- Santiago, 19 de junio del año 2025.