MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Arancibia y Compañía Limitada

RUT 77847999-0 CVE 2665520
Fecha instrumento
24 de junio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2025
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GERMAN ORELLANA JARA, abogado Notario Público, Suplente de don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Titular 49ª Notaría Santiago, Hermanos Amunategui 73, certifico: Escritura pública 18 de junio, ante el Titular de este oficio, Rep 35.893-25 comparecieron: por escritura pública hoy ante mí, don ÁLVARO JAVIER PONCE FACCUSE, chileno, divorciado, factor de comercio, cédula de identidad número doce millones quinientos ochenta y cinco mil trescientos veintitrés guion cuatro; y doña NANCY DEL CARMEN ARANCIBIA FREDES, chilena, soltera, dependiente, cédula nacional de identidad número once millones trescientos veintinueve mil cuatrocientos noventa y cuatro guion nueve, ambos domiciliados para estos efectos en calle Huérfanos numero mil ciento sesenta oficina número mil doscientos quince, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, Uno. Por escritura pública de fecha veintinueve de enero del año dos mil veinticuatro, otorgada en la Notaria de Santiago de don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, repertorio número 9853-24, don ÁLVARO JAVIER PONCE FACCUSE y doña NANCY DEL CARMEN ARANCIBIA FREDES, constituyeron la sociedad de Responsabilidad Limitada cuya razón social es “ARANCIBIA Y COMPAÑÍA LIMITADA”. Un extracto de la escritura de constitución se inscribió a fojas 12913 número 5650 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024; y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil setecientos setenta y tres de fecha diez de febrero del año dos mil veinticuatro. Uno. Dos. La sociedad tiene rol único tributario número setenta y siete millones ochocientos cuarenta y siete mil novecientos noventa y nueve guión cero. Uno. Tres. A la fecha la sociedad no ha tenido modificaciones. Por el presente instrumento doña NANCY DEL CARMEN ARANCIBIA FREDES, vende, cede y transfiere el setenta por ciento de todos los derechos que les corresponden o les puedan corresponder en la sociedad ya citada y que corresponden a la suma de ciento cuarenta mil pesos, a don ÁLVARO JAVIER PONCE FACCUSE. Quedan como únicos socios en la sociedad doña NANCY DEL CARMEN ARANCIBIA FREDES con un TRES POR CIENTO del total de los derechos en la sociedad y don ÁLVARO JAVIER PONCE FACCUSE con un NOVENTA Y SIETE POR CIENTO de los derechos en la citada sociedad. Por este acto todos los socios de común acuerdo, vienen en modificar íntegramente la cláusula tercera del pacto social por la siguiente: “TERCERA: La razón social será “Transportes Don Óscar Limitada”, pudiendo actuar también inclusive con los bancos e instituciones fiscales y privadas con el nombre de fantasía “Transportes Don Óscar Ltda.” En todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social de fecha veintinueve de enero del año dos mil veinticuatro, otorgado en la Notaria de Santiago de don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de junio 2025.