MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA SANTA MARIANA LIMITADA

RUT 76328156-6 CVE 2665485
Fecha instrumento
2 de junio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de junio de 2025
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 02 de junio de 2025, ante mí, María Angélica Errázuriz Ariztía, Bernardita Errázuriz Ariztía, Clemente Errázuriz Ariztía e Inversiones Marianita SpA, todos domiciliados para estos efectos en calle Colonia número 550, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; acordaron modificar la AGRÍCOLA SANTA MARIANA LIMITADA, inscrita a fojas 11 vuelta, número 11, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Buin correspondiente al año 2024 (la “Sociedad”), en el siguiente sentido: UNO) Se materializa el aporte que don Clemente Errázuriz Ariztía, hace a Inversiones Marianita SpA de la totalidad de su participación en el capital e interés social de la Sociedad, ascendentes aproximadamente a 33,34%. DOS) Producto de la anterior, Clemente Errázuriz Ariztía se retira como socio de la Sociedad, e ingresa como socia Inversiones Marianita SpA, TRES) Para dar cuenta de lo anterior se reemplazaron el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital. El capital social es la cantidad de diecisiete millones ciento veintitrés mil novecientos ochenta y ocho pesos, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo con anterioridad a la caja social, en la siguientes formas y proporciones: a) doña MARÍA ANGÉLICA ERRÁZURIZ ARIZTÍA aporta la cantidad de cinco millones setecientos siete mil novecientos noventa y seis pesos, esto es, aproximadamente el treinta y tres coma trescientos treinta y tres por ciento del capital e interés social; b) doña BERNARDITA ERRÁZURIZ ARIZTÍA aporta la cantidad de cinco millones setecientos siete mil novecientos noventa y seis pesos, esto es, aproximadamente el treinta y tres coma trescientos treinta y tres por ciento del capital e interés social; y c) INVERSIONES MARIANITA SpA aporta la cantidad de cinco millones setecientos siete mil novecientos noventa y seis pesos, esto es, aproximadamente el treinta y tres coma trescientos treinta y cuatro por ciento del capital e interés social”. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad, en especial que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de ese extracto para su legación. Santiago, 11 de junio de 2025.