CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Servicios Inmobiliarios Robles SpA

RUT 16361604-1 CVE 2664952
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
11 de junio de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de junio de 2025
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
comuna de Vitacura, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Isidora Del Rosario Lazcano Hinrichsen, quien tendrá la calidad de administradora de la sociedad, la que representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, Av Isidora Goyenechea N°3.477, of. 10, Comuna de Las Condes, Santiago certifico: Que por escritura pública otorgada el 11 de junio de 2025, Rep. 28.096/2025, ante mí, Isidora del Rosario Lazcano Hinrichsen, C.I. N°16.361.604-1, domiciliada calle Bredetto N°4.622, comuna de Lo Barnechea, Santiago, y José Ignacio Garcés Bernales, C.I. N°15.384.521-2, domiciliado calle Los Abedules N°3.085, of. 202, Comuna de Vitacura, Santiago, constituyeron sociedad por acciones, cuyas menciones materia de extracto son las siguientes: Nombre: “Servicios Inmobiliarios Robles SpA”, sin perjuicio de lo cual podrá usar también el nombre de fantasía “Robles SpA”. Domicilio: comuna de Vitacura, Región Metropolitana, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares de la República o en el extranjero. Duración: a contar de fecha de escritura extractada y tendrá duración indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /a/ El desarrollo de actividades de corretaje de propiedades y de intermediación en la compra, venta, arrendamiento y, en general, en toda clase de transacciones de todo tipo de bienes raíces, incluidas las actividades de marketing, publicidad, promoción y ventas de tales bienes; /b/ La manutención, conservación, reparación y administración de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, propios o ajenos, amoblados o no, incluyendo, comunidades, propiedad horizontal e individual y los muebles que los guarnezcan y el equipamiento que los mismos posean; c) La adquisición, venta, enajenación, comercialización, u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, y de los derechos que sobre éstos recaigan, de su propiedad o de terceros, por cuenta propia o ajena, se encuentren estos amoblados o no; y d) La prestación de toda clase de servicios relacionados con la actividad y los negocios inmobiliarios, en especial la prestación de servicios de asesoría y consultoría profesional y técnica, y la realización de todo tipo de estudios en materias directa o indirectamente relacionadas con la actividad inmobiliaria. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; importar y exportar toda clase de bienes y servicios; gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase de bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias y nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de conformidad a lo indicado en escritura extractada. Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Isidora Del Rosario Lazcano Hinrichsen, quien tendrá la calidad de administradora de la sociedad, la que representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de junio de 2025.