CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA

RUT 10902581-K CVE 2664728
Fecha instrumento
13 de junio de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de junio de 2025
Repertorio
11615-2025
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
Cinco años desde fecha de escritura prorrogables tácitamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno

Objeto social

a) Efectuar toda clase de inversiones de riesgo acotado en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores y efectos de comercio, ya sea en Chile o en el exterior, incluyendo acciones, participaciones en sociedades civiles de personas, cuotas en fondos mutuos, títulos de créditos y activos inmobiliarios en general; b) La administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; c) La prestación de toda clase de asesorías en materia financiera, económica y de gestión y; d) Realizar todos aquellos actos y contratos que, en la actualidad o en el futuro, estén relacionadas con las actividades antes mencionadas y cualquier otro negocio que acordaren los

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio Sebastián Cereceda Silva.- Producto de la división se disminuye capital de Inversiones Llico Limitada de la suma de quinientos mil pesos a la suma de cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos cincuenta y un pesos. Los socios acuerdan reemplazar el Artículo Cuarto de los estatutos por el siguiente: “Artículo Cuarto.- El capital de la sociedad es la suma de cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos cincuenta y un pesos, que los socios aportan y pagan íntegramente en este acto en dinero efectivo en la proporción de un cincuenta por ciento cada uno.- En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social y, en especial, se mantiene limitada la responsabilidad personal de los socios al monto de sus respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica por escritura pública de 13 de junio de 2025, Repertorio 11.615-2025, ante mí; SEBASTIAN CERECEDA SILVA, ingeniero comercial, cédula de identidad N°10.902.581-K y CONSUELO BALMACEDA SCHLEYER, administradora de empresa de servicios, cédula de identidad N°13.253.085-8, ambos domiciliados en Camino Los Peumos 10.188, Lo Barnechea, Región Metropolitana, acordaron dividir la sociedad INVERSIONES LLICO LIMITADA, inscrita a Fojas 8307 Número 5796 en el Registro de Comercio de Santiago del Año 2010, en dos sociedades de responsabilidad limitada, una de las cuales conservará el nombre, personalidad y naturaleza jurídica de la sociedad que se divide y una nueva sociedad que se crea bajo el nombre INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA. Domicilio: Santiago. Duración: Cinco años desde fecha de escritura prorrogables tácitamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. Objeto: a) Efectuar toda clase de inversiones de riesgo acotado en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores y efectos de comercio, ya sea en Chile o en el exterior, incluyendo acciones, participaciones en sociedades civiles de personas, cuotas en fondos mutuos, títulos de créditos y activos inmobiliarios en general; b) La administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; c) La prestación de toda clase de asesorías en materia financiera, económica y de gestión y; d) Realizar todos aquellos actos y contratos que, en la actualidad o en el futuro, estén relacionadas con las actividades antes mencionadas y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de siete mil quinientos cuarenta y nueve pesos, que los socios han aportado en dinero efectivo, con anterioridad a esta fecha, en la proporción de 50% cada uno. La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio Sebastián Cereceda Silva.- Producto de la división se disminuye capital de Inversiones Llico Limitada de la suma de quinientos mil pesos a la suma de cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos cincuenta y un pesos. Los socios acuerdan reemplazar el Artículo Cuarto de los estatutos por el siguiente: “Artículo Cuarto.- El capital de la sociedad es la suma de cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos cincuenta y un pesos, que los socios aportan y pagan íntegramente en este acto en dinero efectivo en la proporción de un cincuenta por ciento cada uno.- En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social y, en especial, se mantiene limitada la responsabilidad personal de los socios al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 19 de junio de 2025.