MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

IMHP SUDAMERICANA SpA

RUT 77035802-7 CVE 2665001
Fecha instrumento
11 de junio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de junio de 2025
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

DOS. Para dar cuenta de esta modificación, se reemplazó íntegramente el artículo décimo de los estatutos sociales de la siguiente manera: “Artículo Décimo: La Sociedad será administrada por don Juan Ramón Capetillo Gálvez, quién actuando individual e indistintamente ejercerá como Administrador de la Sociedad, y tendrá la representación y el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número 835, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: Por Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “IMHP SUDAMERICANA SpA” (la “Sociedad”) celebrada el 06 de junio de 2025 ante mí, en las dependencias de cuadragésima tercera Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, ubicadas en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago (la “Junta”) y reducida a escritura pública, ante mí, con fecha 11 de junio de 2025, bajo repertorio número 16.789, el único accionista de la Sociedad, don Juan Ramón Capetillo Gálvez, según el Registro de Accionistas de la Sociedad conocido por el notario que autoriza, acordó entre otras materias: UNO. Se revocó a Margarita del Rocío Gálvez Núñez como Administradora de la Sociedad y en su lugar se decidió designar y nombrar como único Administrador de la Sociedad a Juan Ramón Capetillo Gálvez, quién actuando individual e indistintamente ejercerá como Administrador de la Sociedad, y tendrá la representación y el uso de la razón social. DOS. Para dar cuenta de esta modificación, se reemplazó íntegramente el artículo décimo de los estatutos sociales de la siguiente manera: “Artículo Décimo: La Sociedad será administrada por don Juan Ramón Capetillo Gálvez, quién actuando individual e indistintamente ejercerá como Administrador de la Sociedad, y tendrá la representación y el uso de la razón social. Para todos los efectos, el Administrador tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados general o especiales de la Sociedad que el Administrador pueda nombrar por escritura pública o instrumento privado protocolizado. El Administrador podrá delegar sus poderes y facultades por escritura pública o instrumento privado protocolizado”. TRES. Asimismo, y para dar cuenta de la reforma de los estatutos sociales, en el sentido de instaurar “Administrador” en vez de “Gerente General”, se decidió reemplazar íntegramente el artículo décimo primero de los estatutos sociales, reemplazando el concepto de “Gerente General”, por el de “Administrador”. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador para realizar las inscripciones correspondientes. Santiago,18 de junio de 2025.-