INMOBILIARIA E INVERSIONES GOLDEN SIX LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2025
- Repertorio
- 2679-25
- Notario
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Oficio
- Vigésima Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $200.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, certifico que: Por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2025, bajo el repertorio 2679-25, ante mí, Don YINAN WANG en representación de la sociedad YINAN WANG Y GASTRONÓMICA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y doña CHUNCHUA LIN, ambos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Bellet Nº 444, Ciudad de Santiago, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyen Sociedad de Responsabilidad limitada, cuyos estatutos extractados son los siguientes: La sociedad girará bajo la denominación de “INMOBILIARIA E INVERSIONES GOLDEN SIX LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía será GOLDEN SIX.- El objeto de la sociedad será: Uno) El arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; Dos) La asesoría, planificación, estudio de factibilidad, diseño y ejecución en materias relacionadas con proyectos de construcción, proyectos urbanos y de diseño industrial; Tres) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas y opciones de acciones, bonos, debentures, derivados, contratos de canje o swaps, forwards, cuotas de fondos mutuos, fondos de inversión, fondos de cobertura, ETF´s, planes de ahorro, arbitrajes, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Cuatro) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, transformarlas, fusionar, adquirir y asumir la representación de estas mismas. Cinco) Cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo, estén o no dentro del giro ordinario y que no sean contrarias a la legislación vigente, y los demás negocios relacionados con los objetos indicados.- La duración de la sociedad será indefinida. El capital social será la suma de $200.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: Uno) La sociedad YINAN WANG Y GASTRONÓMICA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA aporta en este acto la suma de $198.000.000 que equivalen al 99% de los derechos sociales de la siguiente forma: A) Con el aporte del inmueble individualizado en la escritura extractada cuyo valor de común acuerdo ha sido valorizado por la suma de $185.000.000, ingresando directamente a la caja social. B) Con el aporte de la bodega individualizada en la escritura extractada cuyo valor de común acuerdo ha sido valorizado por la suma de $10.000.000, ingresando directamente a la caja social. C) Con el aporte del estacionamiento individualizado en la escritura extractada cuyo valor de común acuerdo ha sido valorizado por la suma de $3.000.000, ingresando directamente a la caja social. Dos) Doña CHUNCHUA LIN, aporta en este acto la suma de $2.000.000 que equivalen al 1% de los derechos sociales que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando directamente a la caja social, por tanto, el capital suscrito se encuentra íntegramente pagado. -La administración y uso de la razón social y representación de la sociedad corresponderá en forma individual a doña CHUNCHUA LIN. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- En Santiago, a 19 de junio de 2025.