FORESTAL Y AGRÍCOLA FULLGREEN CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2025
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Administración
Artículo Décimo Cuarto, LETRA A): La sociedad será administrada y representada por dos Gerentes Generales, que actuarán en forma conjunta y durarán indefinidamente en su cargo. Se designan como Gerentes Generales a don Jaime Felipe Schmidt Ortiz y don Máximo Clavería Rodríguez con amplias facultades, sin perjuicio de las libertades a la forma de actuación que se señalan. LETRA B): Libertades a la forma de actuación, los dos Gerentes Generales podrán actuar separada e indistintamente, por montos iguales o inferiores a $50.000.000.- respecto de las facultades individualizadas en los Nº 1, Nº 2, Nº 3 y Nº 4 de esta letra, y por montos iguales o inferiores a $100.000.000.- respecto de la facultad indicada en el Nº 5 de esta letra. LETRA C): Para el caso de fallecimiento de cualquiera de los Gerentes Generales designados bajo la Letra A) precedente, la sociedad pasará a ser administrada y representada por un Gerente General, cargo que será ejercido por el Gerente General sobreviviente, quien durará indefinidamente en el cargo, y actuará por sí solo, con amplias facultades según se indica en la Letra A) del Artículo Décimo Cuarto, Nº 1 al Nº 46, que se dan por reproducidas. LETRA D): No obstante, lo indicado en la letra C) precedente, el único Gerente General deberá actuar conjuntamente con Martín Clavería Mayol para el caso de fallecimiento de don Máximo Clavería Rodríguez, o bien, actuar conjuntamente con don José Tomás Schmidt García, para el caso de fallecimiento de don Jaime Felipe Schmidt Ortiz, en el ejercicio de las facultades individualizadas en los Nº 1, Nº 2, Nº 3, Nº 4, Nº 5, Nº 6 y Nº 7 de esta letra y conforme a los montos indicados. En lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, Caupolicán 355, Los Ángeles, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de junio de 2025, Rep. N° 2894-2025, otorgada ante mí, JAIME FELIPE SCHMIDT ORTIZ, C.I. Nº 10.036.829-3, y MÁXIMO CLAVERÍA RODRÍGUEZ, C.I. Nº 8.198.959-1, se redujo a escritura pública Acta 1ª Junta Extraordinaria de Accionistas de “FORESTAL Y AGRÍCOLA FULLGREEN CHILE SpA”, nombre fantasía “Fullgreen SpA”, sociedad suscrita por escritura pública 07/01/2016, Notaría Carrillo, Los Ángeles, extracto publicado D.O. 20/01/2016, inscrito fs. 76, Nº 43, Registro Comercio CBR Los Ángeles año 2016, y modificada: por escritura pública 20/12/2016, Notaría Carrillo, Los Ángeles, extracto publicado D.O. 31/12/2016, inscrito fs. 1564 Nº 728, Registro Comercio CBR Los Ángeles año 2016 y por escritura pública de transformación 10/01/2025, Notaría Araneda, Los Ángeles, extracto publicado D.O. 17/01/2025, inscrito fs. 81, Nº 46, Registro Comercio CBR Los Ángeles año 2025, RUT Nº 76.515.971-7, junta celebrada con fecha 19/06/2025, en la cual el 100% de las acciones acordaron modificar el artículo Décimo Cuarto, del Título Tercero “De la Administración”, del Estatuto Social, ampliando facultades de administración en la forma siguiente: 1) se complementó artículo Décimo Cuarto, letra A, Nº 9; 2) se complementó artículo Décimo Cuarto, letra A, Nº 10; 3) se modificó artículo Décimo Cuarto, Letra B, Nº 1; y 4) se modificó artículo Décimo Cuarto, Letra D, Nº 3. Consecuencia de las modificaciones indicadas, se incorporan al artículo Décimo Cuarto, dejando subsistente en todo lo demás lo ya regulado por el artículo Décimo Cuarto, del Título Tercero “De la Administración”, aprobándose nuevo texto del artículo Décimo Cuarto, que se extracta: Administración y Representación: Artículo Décimo Cuarto, LETRA A): La sociedad será administrada y representada por dos Gerentes Generales, que actuarán en forma conjunta y durarán indefinidamente en su cargo. Se designan como Gerentes Generales a don Jaime Felipe Schmidt Ortiz y don Máximo Clavería Rodríguez con amplias facultades, sin perjuicio de las libertades a la forma de actuación que se señalan. LETRA B): Libertades a la forma de actuación, los dos Gerentes Generales podrán actuar separada e indistintamente, por montos iguales o inferiores a $50.000.000.- respecto de las facultades individualizadas en los Nº 1, Nº 2, Nº 3 y Nº 4 de esta letra, y por montos iguales o inferiores a $100.000.000.- respecto de la facultad indicada en el Nº 5 de esta letra. LETRA C): Para el caso de fallecimiento de cualquiera de los Gerentes Generales designados bajo la Letra A) precedente, la sociedad pasará a ser administrada y representada por un Gerente General, cargo que será ejercido por el Gerente General sobreviviente, quien durará indefinidamente en el cargo, y actuará por sí solo, con amplias facultades según se indica en la Letra A) del Artículo Décimo Cuarto, Nº 1 al Nº 46, que se dan por reproducidas. LETRA D): No obstante, lo indicado en la letra C) precedente, el único Gerente General deberá actuar conjuntamente con Martín Clavería Mayol para el caso de fallecimiento de don Máximo Clavería Rodríguez, o bien, actuar conjuntamente con don José Tomás Schmidt García, para el caso de fallecimiento de don Jaime Felipe Schmidt Ortiz, en el ejercicio de las facultades individualizadas en los Nº 1, Nº 2, Nº 3, Nº 4, Nº 5, Nº 6 y Nº 7 de esta letra y conforme a los montos indicados. En lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Ángeles, a 19 de junio de 2025.