Agrícola Pruzzo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2025
- Notario
- Pedro Hernán Álvarez Lorca
- Oficio
- Primera Notaría de Buin
- Comuna
- Buin
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Público de la Primera Notaría de Buin, Aníbal Pinto 269, Local 5, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de Mayo de 2025, ante la Notario Suplente doña Alondra Valeska Borje Bastías, ATILIO GUIDO PRUZZO NUÑEZ, CARLA MARIA PRUZZO NUÑEZ, ANA MARIA PRUZZO NUÑEZ, DUILIO AGUSTIN PRUZZO NUÑEZ y CLAUDIA PAOLA DEL CARMEN PRUZZO NUÑEZ, todos domiciliados en Parcela Santa Juana sin número, localidad de Maipo, comuna de Buin, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada Agrícola Pruzzo Limitada o “Hermanos Pruzzo Ltda.”, constituida escritura pública de 9 de Julio de 2015 Notaría de Buin de Pedro Hernán Alvarez Lorca, inscrita fojas 144 Nº 127 Registro de Comercio 2015 Conservador de Bienes Raíces de Buin. Socio Duilio Agustín Pruzzo Núñez cede a restantes socios sus derechos sociales y se retira de la sociedad. Como consecuencia de lo anterior don Atilio Guido Pruzzo Núñez, doña Carla María Pruzzo Núñez, doña Ana María Pruzzo Núñez y doña Claudia Paola del Carmen Pruzzo Núñez, en su calidad de únicos socios, modifican cláusulas quinta y séptima de los estatutos sociales así: “Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.- en que participan los socios Atilio Guido Pruzzo Núñez, Carla María Pruzzo Núñez, Ana María Pruzzo Núñez y Claudia Paola del Carmen Pruzzo Núñez en partes iguales, aportando la suma de $2.500.000.- cada uno de ellos, la que se encuentra enterada en caja social con anterioridad a éste acto”. Se modifica la cláusula séptima en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá al socio don Atilio Guido Pruzzo Núñez, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará a la sociedad con facultades y limitaciones señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Buin, 30 de Mayo de 2025.