TERRAZAS TRANSMISIÓN S.A.
Instrumento
- Fecha
- 16 de junio de 2025
- Repertorio
- 8334-2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Comuna y ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Explotar, en Chile, la distribución transporte y venta de energía eléctrica o de cualquier otra naturaleza; suministrando dicha energía al mayor número de consumidores en forma directa o por intermedio de otras empresas
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| KORKIA SOLAR RAY CHILE RENEWABLES SpA | socio | 76717534-5 | — | — | |
| TRINERGY SpA | socio | 76594778-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos número 979, oficina número 501, Santiago, certifico: que, por escritura pública de fecha 10 de junio bajo el Repertorio N° 8.334-2025, ante mí, KORKIA SOLAR RAY CHILE RENEWABLES SpA, RUT: 76.717.534-5, domiciliado en calle Badajoz N° 100, oficina 1519 y TRINERGY SpA, RUT: 76.594.778-2 , domiciliado en Avenida Apoquindo N° 6419, oficina 302, ambos en Comuna Las Condes, constituyeron sociedad anónima cerrada.- NOMBRE: “TERRAZAS TRANSMISIÓN S.A.”; DOMICILIO: Comuna y ciudad de Santiago; DURACIÓN: indefinida; OBJETO: Explotar, en Chile, la distribución transporte y venta de energía eléctrica o de cualquier otra naturaleza; suministrando dicha energía al mayor número de consumidores en forma directa o por intermedio de otras empresas. CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.000.000 pesos, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas de la siguiente forma: a) Korkia Solar Ray Chile Renewables SpA suscribió 630 acciones suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y b) Trinergy SpA suscribió 370 acciones suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en la escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 16 de junio de 2025.