SOCIEDAD DE PROFESIONALES MITCHEL & ASOCIADOS ASESORÍA LEGAL, JURÍDICA, PENAL, TRIBUTARIA Y CONTABLE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de mayo de 2025
- Repertorio
- 2353
- Notario
- Pablo A. González Caamaño
- Oficio
- Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
En consecuencia, don MIGUEL ÁNGEL MICHEL GABRIEL queda especialmente facultado para: Operaciones bancarias y financieras: Abrir, mantener y cerrar cuentas bancarias de cualquier tipo. Depositar y girar fondos. Solicitar y contratar créditos y líneas de crédito. Constituir, modificar, prorrogar, alzar y cancelar garantías reales y personales. Endosar, descontar, cobrar, aceptar y cancelar documentos mercantiles. Otorgar y revocar poderes bancarios. Realizar inversiones y contratar seguros relacionados con operaciones financieras. Realizar operaciones a través de banca en línea. Representar a la sociedad ante instituciones financieras. Celebración de contratos y representación legal: Suscribir todo tipo de contratos relacionados con el
Administración
Que se mantiene vigente el resto de las cláusulas de la escritura original de constitución de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 07 de Mayo 2025 Repertorio N°2353, ante mi, don VÍCTOR RODRIGO SOTO RAMÍREZ domiciliado en La Capitanía Número seiscientos cuarenta y dos, comuna de Las Condes, y Don MIGUEL ÁNGEL MICHEL GABRIEL, domiciliado en Avenida Apoquindo Número tres mil setecientos noventa y cinco, comuna de Las Condes, en su calidad de únicos socios y administradores de la sociedad denominada "SOCIEDAD DE PROFESIONALES MITCHEL & ASOCIADOS ASESORÍA LEGAL, JURÍDICA, PENAL, TRIBUTARIA Y CONTABLE LIMITADA", Que, mediante escritura pública de fecha 12 de diciembre de 2024, otorgada ante mi, se constituyó la referida sociedad, cuyo extracto fue debidamente inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 11849, número 4070, del año 2025. Que los socios han acordado modificar la cláusula SÉPTIMO de la escritura de constitución, relativa a la administración y representación de la sociedad. Que, en virtud de la modificación, la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al socio MIGUEL ÁNGEL MICHEL GABRIEL, quien actuará indistintamente, con las más amplias facultades necesarias para el cumplimiento del objeto social. En consecuencia, don MIGUEL ÁNGEL MICHEL GABRIEL queda especialmente facultado para: Operaciones bancarias y financieras: Abrir, mantener y cerrar cuentas bancarias de cualquier tipo. Depositar y girar fondos. Solicitar y contratar créditos y líneas de crédito. Constituir, modificar, prorrogar, alzar y cancelar garantías reales y personales. Endosar, descontar, cobrar, aceptar y cancelar documentos mercantiles. Otorgar y revocar poderes bancarios. Realizar inversiones y contratar seguros relacionados con operaciones financieras. Realizar operaciones a través de banca en línea. Representar a la sociedad ante instituciones financieras. Celebración de contratos y representación legal: Suscribir todo tipo de contratos relacionados con el objeto social. Representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, con las facultades del artículo 7 del Código de Procedimiento Civil. Nombrar mandatarios y delegar facultades de administración. Que se mantiene vigente el resto de las cláusulas de la escritura original de constitución de la sociedad.