Inversiones Findraw Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2025
- Repertorio
- 5270-2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.379.183 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) Efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de fondos o sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones de cualquier naturaleza, así como toda clase de títulos, efectos de comercio o valores mobiliarios; administrar tales inversiones y sus frutos y disponer de las mismas en cualquier forma; b) Adquirir o enajenar, a cualquier título, administrar y explotar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, y construir en ellos, sea directamente o a través de terceros en cualquier forma; c) El loteo, subdivisión, parcelación y urbanización de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, sea por cuenta propia o ajena; d) La comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, importación, exportación, distribución, consignación, corretaje u otra forma de intermediación, de toda clase de bienes muebles o inmuebles, sea por cuenta propia o ajena; e) La construcción, edificación, suministro, montaje, explotación, operación y disposición de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras, obras públicas o de otra especie, sea para sí o por cuenta de terceros; f) La extracción, fabricación, transporte, transformación y comercio interno o internacional de toda clase de mercaderías, materiales, áridos, insumos, útiles, implementos y equipos de cualquier naturaleza, sea para sí o por cuenta de terceros; g) La realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos, administrativos, contables o financieros, y la prestación de toda clase de servicios de gestión, asesoría o consultoría en tales materias; y, h) La realización de cualquier otra actividad o negocio complementario o relacionado con los señalados en este artículo. La sociedad podrá desarrollar su objeto directamente o a través de cualquier otra sociedad o entidad de que forme parte o en que participe
Administración
Jorge Sebastián Gárate Apiolaza y Ana Virginia González Rojas, indistintamente, de forma individual o conjunta, facultades en estatutos sociales. 2) Dividir “Inversiones Findraw SpA” en dos sociedades, una que será ella misma, continuadora legal de la actual sociedad, con su misma personalidad jurídica, y otra sociedad que se forma a consecuencia de la división, cuya razón social será “Inversiones Bountiful SpA”. A la nueva sociedad se le asignan los activos y pasivos singularizados en la escritura que extracto y se les distribuye la parte del patrimonio social que allí se indica. Por tanto, se modifican los estatutos de “Inversiones Findraw SpA” a efectos de disminuir el capital social producto de la división, de la suma actual de $3.379.183.- a la suma de $2.964.007.- dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Así, se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital y acciones: El capital de la sociedad es $2.964.007.- dividido en 1.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, ya enterado en arcas sociales conforme indica el artículo segundo transitorio”. Asimismo, se modifica el artículo primero y segundo transitorio conforme a escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA MANRÍQUEZ HUERTA, Titular 48° Notaría de Santiago, domiciliada en Av. Apoquindo N°3076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 30 de abril de 2025, repertorio N°5270-2025, ante mí, doña Ana Virginia González Rojas y don Jorge Sebastián Gárate Apiolaza, en calidad de empresarios unipersonales, todos domiciliados en Av. Presidente Riesco N°5.335, oficina 405, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; quienes modificaron la sociedad “Inversiones Findraw Limitada”, inscrita a fojas 12905 número 5644 del Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024, en la cual se adoptó el siguiente acuerdo: 1) Transformar Inversiones Findraw Limitada en una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: Nombre: “Inversiones Findraw SpA”. Domicilio: Santiago. Duración: Indefinida. Objeto: a) Efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de fondos o sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones de cualquier naturaleza, así como toda clase de títulos, efectos de comercio o valores mobiliarios; administrar tales inversiones y sus frutos y disponer de las mismas en cualquier forma; b) Adquirir o enajenar, a cualquier título, administrar y explotar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, y construir en ellos, sea directamente o a través de terceros en cualquier forma; c) El loteo, subdivisión, parcelación y urbanización de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, sea por cuenta propia o ajena; d) La comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, importación, exportación, distribución, consignación, corretaje u otra forma de intermediación, de toda clase de bienes muebles o inmuebles, sea por cuenta propia o ajena; e) La construcción, edificación, suministro, montaje, explotación, operación y disposición de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras, obras públicas o de otra especie, sea para sí o por cuenta de terceros; f) La extracción, fabricación, transporte, transformación y comercio interno o internacional de toda clase de mercaderías, materiales, áridos, insumos, útiles, implementos y equipos de cualquier naturaleza, sea para sí o por cuenta de terceros; g) La realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos, administrativos, contables o financieros, y la prestación de toda clase de servicios de gestión, asesoría o consultoría en tales materias; y, h) La realización de cualquier otra actividad o negocio complementario o relacionado con los señalados en este artículo. La sociedad podrá desarrollar su objeto directamente o a través de cualquier otra sociedad o entidad de que forme parte o en que participe. Capital: $3.379.183.- dividido en 1.000 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado conforme indica el artículo segundo transitorio. Administración: Jorge Sebastián Gárate Apiolaza y Ana Virginia González Rojas, indistintamente, de forma individual o conjunta, facultades en estatutos sociales. 2) Dividir “Inversiones Findraw SpA” en dos sociedades, una que será ella misma, continuadora legal de la actual sociedad, con su misma personalidad jurídica, y otra sociedad que se forma a consecuencia de la división, cuya razón social será “Inversiones Bountiful SpA”. A la nueva sociedad se le asignan los activos y pasivos singularizados en la escritura que extracto y se les distribuye la parte del patrimonio social que allí se indica. Por tanto, se modifican los estatutos de “Inversiones Findraw SpA” a efectos de disminuir el capital social producto de la división, de la suma actual de $3.379.183.- a la suma de $2.964.007.- dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Así, se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital y acciones: El capital de la sociedad es $2.964.007.- dividido en 1.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, ya enterado en arcas sociales conforme indica el artículo segundo transitorio”. Asimismo, se modifica el artículo primero y segundo transitorio conforme a escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de junio de 2025.