Renta e Inversiones Carycar SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de abril de 2025
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- 40° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000.000 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| La sociedad Agrícola Carycar SpA | accionista | 76195083-5 | — | — | |
| La sociedad Carycar Servicios SpA | socio | 76113039-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público Interino de la 40° Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Teatino N°332, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que, con fecha 25 de abril de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “RENTA E INVERSIONES CARYCAR SpA”, Rol Único Tributario N°76.588.116-1, cuyo extracto de constitución social rola inscrito a fojas 59.291, número 36.458 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, celebrada ante mí con la misma fecha con la asistencia de los accionistas: a) La sociedad Agrícola Carycar SpA, RUT N°76.195.083-5, debidamente representada; b) Don Carlos Felipe Martínez Prieto, cédula de identidad N°6.435.231-8; c) La sociedad Carycar Servicios SpA, RUT N°76.113.039-0, debidamente representada; y d) Doña Carmen Ximena Acevedo Guajardo, cédula de identidad N°8.100.411-0, se trató y acordó, dentro de otras materias, lo siguiente: I. DISMINUCIÓN DE CAPITAL DE LA SOCIEDAD POR NO PAGO DE LA TOTALIDAD DE LAS ACCIONES SUSCRITAS. Se hizo efectiva una disminución del capital social reduciéndose este a la suma efectivamente suscrita y pagada, disminuyéndose por tanto de la suma de $500.000.000, dividido en 10.000 acciones, a la suma de $16.000.000, dividido en 320 acciones, de la forma detallada en el artículo primero transitorio; y II. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Como consecuencia de lo anterior, se acordó modificar el artículo quinto permanente, relativo al capital social, y el artículo transitorio, relativo a la suscripción y pago del capital, cuyo tenor extractado es el siguiente: “Artículo Quinto: Capital.- El capital de la Sociedad es la suma de dieciséis millones de pesos, dividido en trescientas veinte acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegio de ninguna especie, que se suscribirán y pagarán según se establece en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes.-”. El artículo transitorio, se reemplaza por el siguiente: “Artículo primero transitorio: El capital de la sociedad establecido en el artículo quinto permanente de los estatutos, asciende a la suma de dieciséis millones de pesos, dividido en trescientas veinte acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegio de ninguna especie, las que se encuentran suscritas y pagadas de la siguiente manera: a) La sociedad Carycar Servicios SpA, suscribió y pagó veinte acciones, equivalentes al seis coma dos cinco por ciento del capital social, con anterioridad a este acto; y b) Doña Carmen Ximena Acevedo Guajardo suscribió y pagó trescientas acciones, equivalentes al noventa y tres coma siete cinco por ciento del capital social, con anterioridad a este acto. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado”. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 25 de abril de 2025.