Inmobiliaria Ascencio de Zavala SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2025
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $171.632.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 06 de junio de 2025, bajo el repertorio número 11.122/2025, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de Inmobiliaria Ascencio de Zavala SpA, inscrita a fs. 65.162 n° 35.120 Registro Comercio Santiago del año 2017, celebrada 30 de mayo de 2025, en la cual se acordó disminuir el capital sociedad ascendente a la fecha de la referida Junta a la suma de $171.632.000.-, dividido en 1.741.044.153 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y todas de una misma y única serie, a la suma de $5.000.000.-, también dividido en 1.741.044.153 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, ello mediante disminución de capital de $166.632.000. Como consecuencia de lo anterior se modificó el artículo Quinto y Primero Transitorio estatutos, reemplazándolos por los siguientes: “Quinto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de 5.000.000 pesos, dividido en 1.741.044.153 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Cada acción otorga un voto a su legítimo dueño. Se deja expresa constancia que tanto el capital inicial, como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, bienes o aportes en trabajo. La valoración de los aportes en bienes o trabajo se hará por el Directorio de la Sociedad. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero en efectivo. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el Directorio queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos. El plazo para enterar los aumentos de capital será de seis meses contado desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta o el Directorio acuerden algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad.” “Primero Transitorio: El capital social asciende a la suma de 5.000.000 pesos, dividido en 1.741.044.153 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 09 de junio de 2025.