CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA ELGUETA LIMITADA

CVE 2662477
Capital
$40.000.000 CLP
Duración
Definida

Instrumento

Repertorio
673
Notario
Álvaro Francisco Estrada Alvarado
Domicilio
esta ciudad

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP
Domicilio
- La ciudad de Casablanca, pudiendo abrir las sucursales que los socios estimen en el resto del país o en el extranjero
Duración
- 5 años, a contar de la fecha de la presente escritura, y este plazo se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con una anticipación de 6 meses, a lo menos, antes del fin del respectivo período. Utilidades y pérdidas en forma proporcional a los haberes de los

Objeto social

- La sociedad tendrá los siguientes objetos: Uno) la adquisición y enajenación de bienes raíces, arrendamiento, su administración, explotación, urbanización, subdivisión, creación de conjuntos habitacionales o de servicios; toda clase de negocios inmobiliarios, por cuenta propia o ajena, incluso asociándose con sociedades para el mismo objeto; Dos) Elaboración, planificación y ejecución de proyectos inmobiliarios, turísticos y de protección y conservación del medioambiente, en cualesquiera de sus formas; promoción de servicios, representaciones y cualquier otro que las partes de común acuerdo determinen. Tres) Asimismo, la realización de todos los actos y contratos que sean necesarios o convenientes, directa o indirectamente, con el cumplimiento de los objetivos sociales precedentes y que los socios acordaren

Administración

- La representación y la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a doña PAOLA ELIZABETH GUERRERO ELGUETA, doña GISSELA JACQUELINE SANTIS ELGUETA, y doña MARCELA ANDREA SANTIS ELGUETA, con facultades incluidas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EN CASABLANCA, República de Chile, a cinco de junio del año dos mil dieciocho, ante mí, Álvaro Francisco Estrada Alvarado, abogado, Notario Público de esta ciudad, con oficio en Avenida Constitución número trescientos setenta y seis / trescientos setenta y ocho, por escritura pública hoy Repertorio Nº 673 ante mí, doña PAOLA ELIZABETH GUERRERO ELGUETA, quien declara ser chilena, divorciada, ingeniero en administración, cédula nacional de identidad y RUT número doce millones ciento setenta y tres mil quinientos ochenta y tres guion cero, domiciliada en Pasaje Rodríguez Peña número doscientos ochenta, Nueva Aurora, Comuna de Viña del Mar, Provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso, doña GISSELA JACQUELINE SANTIS ELGUETA, quien declara ser chilena, divorciada, trabajadora independiente, cédula nacional de identidad y RUT número catorce millones seiscientos veintisiete mil trescientos diez guion seis, domiciliada en calle Santa Rita Parcela Veintidós A Nueve, Comuna de Casablanca, Provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso, y doña MARCELA ANDREA SANTIS ELGUETA, quien declara ser chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, trabajadora dependiente, cédula nacional de identidad número trece millones ciento noventa y dos mil novecientos noventa y seis guion K, domiciliada en Rodríguez Peña número trescientos nueve, Agua Santa, Comuna de Viña del Mar, Provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso, de paso en ésta, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: "SOCIEDAD INMOBILIARIA ELGUETA LIMITADA", pudiendo usar el nombre de fantasía, incluso ante los Bancos, de "INMOBILIARIA ELGUETA LTDA.". Domicilio.- La ciudad de Casablanca, pudiendo abrir las sucursales que los socios estimen en el resto del país o en el extranjero. Objeto.- La sociedad tendrá los siguientes objetos: Uno) la adquisición y enajenación de bienes raíces, arrendamiento, su administración, explotación, urbanización, subdivisión, creación de conjuntos habitacionales o de servicios; toda clase de negocios inmobiliarios, por cuenta propia o ajena, incluso asociándose con sociedades para el mismo objeto; Dos) Elaboración, planificación y ejecución de proyectos inmobiliarios, turísticos y de protección y conservación del medioambiente, en cualesquiera de sus formas; promoción de servicios, representaciones y cualquier otro que las partes de común acuerdo determinen. Tres) Asimismo, la realización de todos los actos y contratos que sean necesarios o convenientes, directa o indirectamente, con el cumplimiento de los objetivos sociales precedentes y que los socios acordaren.- Administración.- La representación y la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a doña PAOLA ELIZABETH GUERRERO ELGUETA, doña GISSELA JACQUELINE SANTIS ELGUETA, y doña MARCELA ANDREA SANTIS ELGUETA, con facultades incluidas en escritura extractada. Capital.- $40.000.000.- que se aporta siguiente manera: a) la socio doña MARCELA ANDREA SANTIS ELGUETA aporta en dominio sus derechos sobre el siguiente bien raíz, equivalentes a un cuarenta por ciento del capital social: cincuenta por ciento de derechos sobre la Parcela número Veintidós A Nueve, la que es producto de la subdivisión de la parcela veintidós, ubicada en la comuna de Casablanca, Provincia de Valparaíso, Quinta Región, y que según plano agregado con el número cuatrocientos noventa y uno, en el Registro de Documentos del año dos mil seis, con una superficie aproximada de ocho mil ciento veintiséis coma cuarenta y cuatro metros cuadrados y los siguientes deslindes: al NORORIENTE, en dieciocho coma veintiséis metros con lote veintidós A siete del plano y en doscientos treinta coma ochenta y ocho metros con lotes veintidós B y veintidós A ocho; SURPONIENTE, en doscientos setenta y cinco coma un metros con lote veintitrés; ORIENTE, en sesenta y seis coma setenta y cuatro metros con eje del Estero; PONIENTE, en catorce metros con ruta F guion ochocientos cuarenta y cuatro y en cuarenta y siete coma cero cinco metros con lote veintidós A ocho del plano. El título de dominio de los derechos sobre la propiedad rola inscrito a fojas tres mil ochocientos tres vuelta, número dos mil novecientos ochenta y siete, del Registro de Propiedad del año dos mil veintiuno, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca. Los socios avalúan, de común acuerdo, el bien inmueble signado como sitio número Cuatro de la Manzana Tres, en la suma de dieciséis millones de pesos. De esta forma, el aporte de capital de la socia doña MARCELA ANDREA SANTIS ELGUETA, asciende a la suma de dieciséis millones de pesos, ya ingresado en arcas sociales, por un total del cuarenta por ciento del capital social. b) la socia doña GISSELA JACQUELINE SANTIS ELGUETA aporta el cuarenta por ciento del capital social, esto es, la suma de dieciséis millones pesos, ya pagados con anterioridad a este acto; c) doña PAOLA ELIZABETH GUERRERO ELGUETA aporta el veinte por ciento del capital social, esto es, la suma de ocho millones pesos, ya pagados con anterioridad a este acto. Duración.- 5 años, a contar de la fecha de la presente escritura, y este plazo se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con una anticipación de 6 meses, a lo menos, antes del fin del respectivo período. Utilidades y pérdidas en forma proporcional a los haberes de los socios. Casablanca, 5 de junio de 2.025.