Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2025
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MORENO
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago con oficio en Isidora Goyenechea N° 3477
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años contados fecha escritura, plazo renovable tácita, automática y sucesivamente por períodos de 1 año, forma prevista pacto social
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Uno) La importación, exportación, representación, distribución, comercialización, compra y venta, al por mayor y al detalle, de toda clase de productos alimenticios, incluyendo pero no limitado a bebidas, hidratantes, suplementos, alimentos funcionales, ingredientes naturales, y otros productos relacionados con la nutrición humana; comercialización mediante plataformas digitales, páginas web, redes sociales, aplicaciones móviles y marketplaces nacionales o internacionales. Dos) La producción, desarrollo, elaboración, envasado y transformación de productos alimenticios, tanto para consumo nacional como para exportación; Tres) La prestación de servicios de representación de marcas nacionales o extranjeras, asesoría comercial y gestión de distribución de productos alimenticios; la adquisición, cesión, explotación o licenciamiento de marcas, patentes, modelos industriales, derechos de autor, know-how y otros activos intangibles relacionados con su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MORENO, chilena, Abogada, Notario Público titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago con oficio en Isidora Goyenechea N° 3477, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de Junio de 2025, ante mí, don Rodrigo Esteban Asfura Kuncar, cédula de identidad número ocho millones cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos veintiocho guión seis, don Sebastian Asfura Gillot, cédula de identidad número veintiún millones quinientos cuarenta y un mil cuatrocientos once guión seis, don Andrés Asfura Gillot cédula de identidad número veintiún millones quinientos cuarenta y un mil trescientos ochenta y tres guión siete, todos domiciliados en Avenida Luis Pasteur número cinco mil ochocientos cincuenta, oficina cuatrocientos tres, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: "NutraOrigen Limitada", pudiendo usar para fines publicitarios y aún ante bancos e instituciones financieras el nombre de fantasía "NutraOrigen Ltda” Objeto: El objeto de la sociedad será: Uno) La importación, exportación, representación, distribución, comercialización, compra y venta, al por mayor y al detalle, de toda clase de productos alimenticios, incluyendo pero no limitado a bebidas, hidratantes, suplementos, alimentos funcionales, ingredientes naturales, y otros productos relacionados con la nutrición humana; comercialización mediante plataformas digitales, páginas web, redes sociales, aplicaciones móviles y marketplaces nacionales o internacionales. Dos) La producción, desarrollo, elaboración, envasado y transformación de productos alimenticios, tanto para consumo nacional como para exportación; Tres) La prestación de servicios de representación de marcas nacionales o extranjeras, asesoría comercial y gestión de distribución de productos alimenticios; la adquisición, cesión, explotación o licenciamiento de marcas, patentes, modelos industriales, derechos de autor, know-how y otros activos intangibles relacionados con su giro. Cuatro) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, derechos, acciones o participaciones en otras sociedades, y en general cualquier tipo de negocio relacionado con el giro principal; Cinco) Cualquier otra actividad complementaria, conexa o relacionada que acuerden los socios, dentro del marco de la legislación vigente. Administración y uso de la razón social corresponderá a Rodrigo Esteban Asfura Kuncar. Capital $1.000.000.- que se enteran: A) Rodrigo Esteban Asfura Kuncar: $750.000 B) Sebastián Asfura Gillot,: $150.000.- y C) Andrés Asfura Gillot: $150.000. Los aportes enterarán en dinero efectivo a medida que las necesidades sociales lo requieran, en el plazo máximo de 1 año contados desde la fecha de este instrumento. Duración: 5 años contados fecha escritura, plazo renovable tácita, automática y sucesivamente por períodos de 1 año, forma prevista pacto social. Domicilio: Santiago. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago 18 de Junio de 2025.