Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $50.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad, así como cualquier negocio lícito que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaria, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago , certifico que por escritura pública de fecha 6 de junio de 2025, ante mí, don IGNACIO GAJARDO RODRÍGUEZ, cédula de identidad número 16.358.990-7, domiciliado para estos efectos en calle Las Nieves número 3577, departamento 602, comuna de Vitacura, Santiago, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: “La Junta SpA” (la “Sociedad”). Objeto: El objeto de la Sociedad será la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad, así como cualquier negocio lícito que acuerden los accionistas. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $50.000.000 dividido en 50.000 acciones ordinarias, nominativas de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben en su totalidad. El monto del capital pagado asciende a $10.000, y el resto por pagar en el plazo y forma señalada en el Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 13 de junio de 2025.