INMOBILIARIA LOS TRIGALES SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 4764-2025
- Notario
- RAMÓN GARCIA CARRASCO
- Domicilio
- agrupación de comunas de la jurisdicción de los juzgados de letras de Concepción
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA LOS TRIGALES SpA | socio | 77834219-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAMÓN GARCIA CARRASCO, Abogado, Notario Público de la agrupación de comunas de la jurisdicción de los juzgados de letras de Concepción, con oficio en calle Rengo N°444, ciudad de Concepción, CERTIFICO: Que por escritura pública con Repertorio 4.764-2.025, otorgada con fecha 26 de mayo de 2.025, ante mí don RODRIGO IVÁN MEDINA DONNAY, cédula de identidad N° 14.208.535-6, domiciliado en Graham Bell N° 225, casa 15, comuna de Chiguayante; y doña SOLEDAD ANDREA LORCA GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 13.308.449-5, domiciliada en Pasaje 14 N° 388, Altos de Chiguayante, comuna de Chiguayante, quienes convienen en celebrar el siguiente contrato de compraventa de acciones: PRIMERO: Don RODRIGO IVÁN MEDINA DONNAY es dueño de veinte (20) acciones de la "Serie A" de la sociedad por acciones INMOBILIARIA LOS TRIGALES SpA, RUT 77.834.219-7, capital social $2.000.000, con domicilio en la comuna de Chiguayante, constituidas por escritura pública de fecha 13 de diciembre de 2023, repertorio N° 14.410-2023, suscrita en la Notaría de don Ramón García Carrasco, Notario Público Titular de la Agrupación de Comunas de Jurisdicción de los Juzgados de Letras de Concepción. Las acciones están totalmente pagadas y la sociedad se encuentra vigente. SEGUNDO: Por el presente acto, don Rodrigo Iván Medina Donnay vende, cede y transfiere a doña Soledad Andrea Lorca González la totalidad de las veinte (20) acciones de la "Serie A" que posee en INMOBILIARIA LOS TRIGALES SpA. TERCERO: El precio de la compraventa de las acciones es la suma única y total de cuatro millones de pesos ($4.000.000), que la compradora paga al vendedor en dinero efectivo en este acto, declarándose el vendedor íntegramente pagado. CUARTO: El vendedor declara que las acciones objeto de esta compraventa se transfieren libres de todo gravamen, litigio, prohibición, embargo, medidas precautorias, deudas, derechos de terceros, y cualquier otro derecho real distinto al de dominio, respondiendo del saneamiento de acuerdo a la ley. QUINTO: Se faculta al portador del presente instrumento para requerir las inscripciones y subinscripciones que procedan en el Registro de Accionistas de la sociedad INMOBILIARIA LOS TRIGALES SpA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Concepción, Junio 17 de 2.025