Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2025
- Repertorio
- 9600-2025
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es: Consultoría profesional en: Revisión, coordinación y análisis de proyectos de urbanización. La planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos y diseños arquitectónicos y construcciones; la construcción de obras y todos los actos tendientes a este cometido; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios; urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles. El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la realización de loteos y obras de urbanización, la promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, edificios y viviendas; y en general la ejecución de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción. Gestión y desarrollo para comercialización de proyectos de energía renovable. Compra y venta de materiales de construcción. Intermediación y gestión en compraventa de propiedades, compra y venta de inmuebles estén o no edificados. Inversiones en general. Asesoría en compra y venta en derecho de aguas superficiales y subterráneas, cambios de fuente y cambios de punto de captación, obras de pozos de riego agrícola; y toda actividad conexa o derivada de las antes indicadas que los accionistas determinen y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden realizar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 12 de Junio de 2025, Repertorio N° 9.600-2025, ante mí, don IGNACIO ANDRÉS GONZÁLEZ JARA y don CHRISTIAN GILBERT GONZÁLEZ MARTÍNEZ, constituyeron una sociedad por acciones.- Nombre o Razón Social: “COINCA CONSULTORES SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad es: Consultoría profesional en: Revisión, coordinación y análisis de proyectos de urbanización. La planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos y diseños arquitectónicos y construcciones; la construcción de obras y todos los actos tendientes a este cometido; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios; urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles. El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la realización de loteos y obras de urbanización, la promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, edificios y viviendas; y en general la ejecución de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción. Gestión y desarrollo para comercialización de proyectos de energía renovable. Compra y venta de materiales de construcción. Intermediación y gestión en compraventa de propiedades, compra y venta de inmuebles estén o no edificados. Inversiones en general. Asesoría en compra y venta en derecho de aguas superficiales y subterráneas, cambios de fuente y cambios de punto de captación, obras de pozos de riego agrícola; y toda actividad conexa o derivada de las antes indicadas que los accionistas determinen y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden realizar.- Capital: $10.000.000.-, dividido en 10.000 acciones nominativas sin valor nominal, pagaderas en dinero o en especies, las que a su vez se dividen en dos series según se indica a continuación: a) Serie A: formada por mil acciones preferentes; y b) Serie B: formada por nueve mil acciones sin derecho a voto, todas la cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, según se indica en el Artículo Primero Transitorio.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de Junio de 2025.