MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RENTAS LOS ALERCES LIMITADA

RUT 76978665-1 CVE 2662244
Capital
$801.000 CLP
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2024
Repertorio
15467/2024
Notario
otorgada ante doña María Loreto Zaldívar Grass
Oficio
Décimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$801.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELO ANDRÉS DONOSO ARAYA, Notario Suplente de la Notario Público Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, doña PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, con domicilio en Avenida Apoquindo 3076 oficina 601, comuna de Las Condes, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 16 de Diciembre de 2024, repertorio 15.467/2024, ante mí, MARIO ENRIQUE ORTIZ MARTÍNEZ, MAXIMILIANO ANDRÉS ORTIZ VIAL, FRANCISCO ESTEBAN ORTIZ VIAL, DANIELA DE JESÚS MÓNICA FORERO-ORTIZ ROMÁN, LUIS MARIANO ORTIZ HUERTA, MARIANA ISIDORA ORTIZ ROMAN, modifican sociedad denominada RENTAS LOS ALERCES LIMITADA, constituida con fecha 14 de noviembre del año 2018, otorgada por la Notario Público Interino de la Décima Octava Notaria de Santiago, doña MARIA LORETO ZALDIVAR GRASS, rol único tributario número 76.978.665-1, inscrita a fojas 90.952, número 46.631, en el Registro de Comercio de Santiago del año 2018, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 01 de diciembre del año 2018, capital de sociedad es la suma de 801.000 pesos, en los siguientes términos: a) INCORPORACIÓN DE NUEVOS SOCIOS. Los comparecientes, por el presente acto y, estando todos de acuerdo, incorporan dos nuevos socios a saber: Uno. Don LUIS MARIANO ORTIZ HUERTA, chileno, piloto comercial, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número seis millones seiscientos noventa y cuatro mil novecientos ochenta guion K, con domicilio en calle Veintitrés de Febrero número ocho mil diez, casa O, Comuna de La Reina, Región Metropolitana; Dos. Doña MARIANA ISIDORA ORTIZ ROMAN, chilena, estudiante, soltera, cédula de identidad número veinte millones ochocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos ochenta y dos guion cinco, domiciliada en calle Veintitrés de Febrero número ocho mil diez, casa D, comuna de La Reina, Región Metropolitana. b) APORTE DE BIEN INMUEBLE. b1) El socio, don LUIS MARIANO ORTIZ HUERTA, es dueño de la propiedad ubicada en calle Maruri número trescientos cincuenta y dos, Comuna de Independencia, Región Metropolitana, que deslinda: NORTE, con doña María Luisa Ramírez; SUR, con Ismael Ubilla; ORIENTE, con calle Maruri; PONIENTE, con don Francisco y Leoncio Aníbal Silva.- La adquirió por haber recobrado, de la sociedad RENTAS LOS ALERCES LIMITADA, de este domicilio, el dominio en virtud de resciliación, de la escritura de fecha veintitrés de noviembre del año dos mil dieciocho, otorgada ante doña María Loreto Zaldívar Grass, Notario Público Interino de la Décimo Octava Notaría de Santiago, Repertorio Número veinte mil novecientos diecisiete.- Lo expuesto consta en escritura de fecha dieciséis de octubre del año dos mil veinte, otorgada en la notaría de esta ciudad, de don Clovis Toro Campos, Repertorio Número cuatro mil doscientos veinticuatro.- El título anterior está a Fojas noventa y cuatro mil trescientas cincuenta y dos Número ciento treinta y tres mil quinientos dieciséis del año dos mil dieciocho.- El título actual consta en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas setenta mil ciento noventa, número noventa y ocho mil trescientos cincuenta y ocho correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veinte. Rol de avalúo número cuatrocientos cuarenta guion veintiuno, Comuna de Independencia. b2) Por el presente instrumento, don LUIS MARIANO ORTIZ HUERTA, materializa dicho aporte en capital del inmueble individualizado. El aportante avalúa su aporte a la sociedad en la suma de dos millones de pesos, monto que fue acordado en relación al valor patrimonial que representa el bien para el aportante y no en base al valor comercial o tasación fiscal del bien aportado. c) LUIS MARIANO ORTIZ HUERTA, aporta, cede y transfiere, a la sociedad “Rentas Los Alerces Limitada”, para la cual aceptan y adquieren sus representantes ya individualizados, el inmueble singularizado, por la cantidad total de dos millones de pesos. Los representantes declaran recibir a su más entera satisfacción, teniéndose de tal forma y para todos los efectos a que haya lugar por cedido el inmueble. d) Por este acto, el aportante declara que el bien inmueble no ha sido declarado como bien familiar ni está afecto a ninguna medida que impida este acto. C) APORTE DE CAPITAL. MARIANA ISIDORA ORTIZ ROMAN, viene en aumentar el capital de la sociedad, aportando la suma de doscientos mil pesos en el acto, al contado y en efectivo. Los representantes declaran recibir a su más entera satisfacción, entendiéndose por enterado dicho aporte. Por el presente instrumento, la socia, doña SUSANA VALERIA ROMÁN NÚÑEZ, viene en aumentar el capital de la sociedad, aportando la suma de ciento noventa y nueve mil pesos en el acto, al contado y en efectivo. Los representantes declaran recibir a su más entera satisfacción, entendiéndose por enterado dicho aporte. D) En virtud de los aportes señalados, se aumenta el capital de la suma de ochocientos un mil pesos a la suma de tres millones doscientos mil pesos. E) Con la incorporación de los nuevos socios, y uno de ellos en calidad de administrador, se modifica; a) la cláusula Tercera de la escritura de constitución de la sociedad Los Alerces, quedando de la siguiente manera: “TERCERO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don MARIO ENRIQUE ORTIZ MARTÍNEZ y, a don LUIS MARIANO ORTIZ HUERTA, pudiendo actuar separada e indistintamente cualquiera de ellos, con la salvedad de enajenar bienes raíces, para lo cual deberán actuar conjuntamente. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los socios o terceros.”; b) la cláusula Octava de la escritura de constitución de la sociedad Los Alerces Limitada, quedando de la siguiente manera: “OCTAVO: No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, disolución, insolvencia, quiebra, interdicción e incapacidad sobreviniente de cualquiera de los socios. En caso de fallecer alguno de los socios persona natural, la sociedad continuará con sus herederos, los que no tendrán por ese título ninguna injerencia en la administración de la sociedad ni en el uso de la razón social, y deberán actuar ante la sociedad en forma conjunta y mediante mandatario común, el que deberá ser persona natural. Si es del caso y en la medida que resulte aplicable, lo antes indicado con respecto a los herederos se entenderá dicho igualmente con respecto a los legatarios de derechos sociales. La liquidación de la sociedad será realizada de común acuerdo entre los socios. En caso de faltar alguno de los administradores designados en la cláusula tercera de estos estatutos, la administración de la sociedad y el uso de la razón social de la compañía corresponderá a los que queden. En caso de faltar los dos administradores, la administración de la sociedad y el uso de la razón social de la compañía corresponderán a don Francisco Esteban Ortiz Vial y a don Maximiliano Andrés Ortiz Vial, debiendo actuar ambos conjuntamente. Se entenderá faltar la administradora antes señalada en caso de fallecimiento y de incapacidad permanente, la cual se acreditará con los correspondientes certificados emitidos por los organismos públicos pertinentes.” E) En virtud del aumento del capital acordado y materializado en este acto, los comparecientes vienen en modificar la cláusula Cuarta del pacto social, sustituyéndolo por el siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de tres millones doscientos mil pesos, aportado y pagado por los socios en este acto, de la siguiente forma: a) doña SUSANA VALERIA ROMÁN NÚÑEZ, la suma de doscientos mil pesos; b) don MARIO ENRIQUE ORTIZ MARTÍNEZ, la suma de doscientos mil pesos, c) Don MAXIMILIANO ANDRÉS ORTIZ VIAL, la suma de doscientos mil pesos; d) don FRANCISCO ESTEBAN ORTIZ VIAL, la suma de doscientos mil pesos; e) doña DANIELA DE JESÚS MÓNICA FORERO – ORTIZ ROMÁN, la suma de doscientos mil pesos; f) doña MARIANA ISIDORA ORTIZ ROMÁN, la suma de doscientos mil pesos y, g) don LUIS MARIANO ORTIZ HUERTA, la suma de dos millones de pesos. F) CAMBIO DE NOMBRE DE SOCIO. Se modifica la escritura de constitución de sociedad Los Alerces Limitada, en cuanto al nombre de la socia DANIELA DE JESÚS MÓNICA FORERO ROMÁN, quedando finalmente como DANIELA DE JESÚS MÓNICA FORERO-ORTIZ ROMÁN. G) En lo no modificado, por medio del presente instrumento, continúan plenamente vigente las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 24 de Enero de 2025.