CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Nueva IFHS SpA

RUT 7016840-5 CVE 2661559
Capital
$17.583.000 CLP
Fecha instrumento
9 de mayo de 2025
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de mayo de 2025
Notario
María Soledad Lascar Merino
Oficio
titular de la trigésima octava notaria de Santiago

Sociedad

Capital
$17.583.000 CLP
Domicilio
SANTIAGO
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: /a) subcontrataciones, /b) desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse y en cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; c) compra y venta de vehículos motorizados de cualquier tipo y el arrendamiento, con o sin opción de compra, de toda clase de vehículos motorizados, con o sin conductor, propios o ajenos; d) la asesoría a empresas del área minera, industriales y comerciales en general, en forma directa por los socios y)o personal contratado; /e) la constitución de propiedad minera, compra o arrendamiento de ésta o cualquier modalidad para su explotación de todo tipo de minerales metálicos y no metálicos, la comercialización de todo tipo de minerales y productos mineros, la formación o participación en sociedades, comunidades o asociaciones de cualquier rubro o giro o actividades relacionadas con la industria minera y toda clase de negocios relacionados con los ya señalados que los socios acuerden; /f) Operador turístico, desarrollo de turismo de intereses especiales; /g) compra y venta, la reserva, comisión de pasajes terrestres, marítimos, aéreos, fluviales y lacustres, nacionales e internacionales; el estudio y realización de charters y excursiones propias y reserva, venta y comisiones de terceros, en cualquiera parte del mundo. /h) reserva y venta de entradas o adhesiones a espectáculos artísticos y culturales, deportivos y sociales; comidas, manifestaciones, celebraciones y eventos en general; la representación o intermediación, consignaciones, compraventa y reserva de todo derecho o servicio relacionado con viajes, excursiones, hotelería y turismo, individuales y colectivos, en cualquiera parte del mundo; i) la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y)o reparación de todo tipo de bienes; /j) la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y)o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; /k)En general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad estará facultada para ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad y, en especial, podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, asociaciones gremiales y profesionales, comunidades y todo tipo de asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Soledad Lascar Merino, Notario Público titular, titular de la trigésima octava notaria de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea número 3477 oficina N° 10, comuna de Las Condes Región Metropolitana, Certifico: por escritura pública de fecha 9 de mayo de 2025, ante mí, doña Ester Cecilia Prado Rodríguez C.I. 7.016.840-5 con domicilio en Camino Linderos, Alto Jahuel número cinco mil doscientos noventa y dos, comuna de Buin y don Iván Fernando Henríquez Sapunar C.I 7.257.167-3, con domicilio en Suecia mil ochocientos dieciocho departamento doscientos cuatro, comuna de Providencia; únicos socios de SOL DE OESTE SpA, lo que certifico por haber tenido a la vista el Registro de Accionistas, capital $30.000.000, Rut 76.108.824-9, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2010 a fojas 37.478 N°25.902 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, acordaron: Uno) Dividir SOL DE OESTE SpA, división que se efectuará mediante disminución de su capital en $17.583.000.- extracto de manera separada Dos) Los socios constituyen una nueva Sociedad Por Acciones bajo el nombre de INVERSIONES NUEVA IFHS SpA, a la que se aporta el monto de capital disminuido en la sociedad Sol de Oeste SPA, todo ello con efecto contable y financiero al 31 de diciembre del 2024. Tres) Las menciones del pacto social de la nueva sociedad INVERSIONES NUEVA IFHS SpA, que se constituyó al efecto, materia de extracto son: SOCIOS: doña Ester Cecilia Prado Rodríguez C.I. 7.016.840-5 con domicilio en Camino Linderos, Alto Jahuel número cinco mil doscientos noventa y dos, comuna de Buin y don Iván Fernando Henríquez Sapunar C.I 7.257.167-3, con domicilio en Suecia mil ochocientos dieciocho departamento doscientos cuatro, comuna de Providencia. DOMICILIO: SANTIAGO. OBJETO: El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: /a/ subcontrataciones, /b/ desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse y en cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; c) compra y venta de vehículos motorizados de cualquier tipo y el arrendamiento, con o sin opción de compra, de toda clase de vehículos motorizados, con o sin conductor, propios o ajenos; d) la asesoría a empresas del área minera, industriales y comerciales en general, en forma directa por los socios y/o personal contratado; /e/ la constitución de propiedad minera, compra o arrendamiento de ésta o cualquier modalidad para su explotación de todo tipo de minerales metálicos y no metálicos, la comercialización de todo tipo de minerales y productos mineros, la formación o participación en sociedades, comunidades o asociaciones de cualquier rubro o giro o actividades relacionadas con la industria minera y toda clase de negocios relacionados con los ya señalados que los socios acuerden; /f/ Operador turístico, desarrollo de turismo de intereses especiales; /g/ compra y venta, la reserva, comisión de pasajes terrestres, marítimos, aéreos, fluviales y lacustres, nacionales e internacionales; el estudio y realización de charters y excursiones propias y reserva, venta y comisiones de terceros, en cualquiera parte del mundo. /h/ reserva y venta de entradas o adhesiones a espectáculos artísticos y culturales, deportivos y sociales; comidas, manifestaciones, celebraciones y eventos en general; la representación o intermediación, consignaciones, compraventa y reserva de todo derecho o servicio relacionado con viajes, excursiones, hotelería y turismo, individuales y colectivos, en cualquiera parte del mundo; i) la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y/o reparación de todo tipo de bienes; /j/ la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; /k/En general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad estará facultada para ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad y, en especial, podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, asociaciones gremiales y profesionales, comunidades y todo tipo de asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte. DURACIÓN: INDEFINIDA. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DEL NOMBRE DE LA SOCIEDAD: Corresponderá exclusivamente a don Iván Fernando Henríquez Sapunar, quien actuará en calidad de administrador estatutario con las más amplias facultades. CAPITAL: $17.583.000.-, íntegramente aportado y pagado por los socios, a entera satisfacción de los mismos y de la sociedad, en los siguientes porcentajes: A) Don Iván Fernando Henríquez Sapunar aporta la suma de $15.824.700.-, pagada íntegramente mediante el aporte de activos, pasivos y patrimonio recibidos como consecuencia de la disminución de capital de la sociedad dividida, los cuales han sido valorados de común acuerdo en dicha cantidad. B) Doña Ester Cecilia Prado Rodríguez aporta la suma de $1.758.300. pagada íntegramente mediante el aporte de activos, pasivos y patrimonio recibidos como consecuencia de la disminución de capital de la sociedad dividida, los cuales han sido valorados de común acuerdo en dicha cantidad. De este modo, el capital social se encuentra íntegramente pagado por los socios. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago 04-06-2025.