CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA GARAS LIMITADA

CVE 2662215
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de mayo de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de mayo de 2025
Notario
JUAN CARLOS MATURANA LEPELEY
Domicilio
Coquimbo

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
Coquimbo, Región de Coquimbo
Duración
10 años contados desde fecha escritura extractada, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de 10 años cada uno, salvo que alguno de las socios manifestare voluntad de ponerle término en plazo y forma señalados escritura extractada. Responsabilidad: La

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: A) Actividades inmobiliarias tales como compra y venta de propiedades, arrendamiento, subdivisiones, fusiones y todo tipo de actos tendientes a la consolidación del derecho de dominio sobre las mismas. B) Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados y otras actividades de servicios. C) Todo tipo de tramites y gestiones que se puedan realizar ante organismos como el Servicio de Impuestos Internos, Dirección de Obras Municipales, Conservador de Bienes Raíces, Empresas de Servicios y Suministros y cualquier otra entidad que desarrolle o tenga injerencia en actividades inmobiliarias. El objeto de la sociedad solo estará vinculado a cualquier actividad relacionada con lo anterior

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, ya individualizados, quienes deberán actuar siempre en formar conjunta, en todos los actos relativos a la sociedad, debiendo siempre anteponer su firma a la razón social, obligando de esta forma a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CARLOS MATURANA LEPELEY, Notario Público Coquimbo, calle José Santiago Aldunate N°939, Certifica: Por escritura pública de fecha 28 de Mayo de 2025, ante su Suplente doña MARÍA CATALINA RETAMAL PAVISIC; don HÉCTOR MANUEL GARCÍA CAMPOS, chofer, domiciliado en la ciudad de Coquimbo, calle San Francisco N°32, y don CRISTIAN MAURICIO ASTUDILLO ASTUDILLO, chofer, domiciliado en la ciudad de Coquimbo, Avenida Párroco Waldo Alcalde N°1444, Villa Cielos del Valle, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Del Nombre o Razón Social: “INMOBILIARIA GARAS LIMITADA”, pudiendo usar y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso bancos comerciales, con la abreviación o nombre de fantasía de GARAS LTDA.. Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: A) Actividades inmobiliarias tales como compra y venta de propiedades, arrendamiento, subdivisiones, fusiones y todo tipo de actos tendientes a la consolidación del derecho de dominio sobre las mismas. B) Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados y otras actividades de servicios. C) Todo tipo de tramites y gestiones que se puedan realizar ante organismos como el Servicio de Impuestos Internos, Dirección de Obras Municipales, Conservador de Bienes Raíces, Empresas de Servicios y Suministros y cualquier otra entidad que desarrolle o tenga injerencia en actividades inmobiliarias. El objeto de la sociedad solo estará vinculado a cualquier actividad relacionada con lo anterior. Domicilio: Coquimbo, Región de Coquimbo, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, ya individualizados, quienes deberán actuar siempre en formar conjunta, en todos los actos relativos a la sociedad, debiendo siempre anteponer su firma a la razón social, obligando de esta forma a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades. Capital Social: $20.000.000.-, que los socios aportan y pagan en la proporción de $10.000.000.-, cada uno, correspondiéndoles, en consecuencia, el 50% de derechos sobre la sociedad. De esta forma el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado e ingresado a caja social. Duración: 10 años contados desde fecha escritura extractada, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de 10 años cada uno, salvo que alguno de las socios manifestare voluntad de ponerle término en plazo y forma señalados escritura extractada. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Coquimbo, 16 de Junio de 2025.-