EVULDI SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de mayo de 2025
- Repertorio
- 13745-25
- Notario
- SUSANA BELMONTE AGUIRRE
- Oficio
- Undécima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- La comuna de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, oficio Rosario Norte N° 555, oficina 201, comuna Las Condes, Certifico: Por escritura pública de fecha 09 de mayo de 2025, bajo el repertorio N°13745-25 ante mi Suplente Raúl Castillo Fernández: SIMÓN FELIPE MARÍN SVENSSON, chileno, divorciado, abogado, cédula nacional de identidad N° 9.797.316-4, domiciliado en Los Refugios del Arrayán N° 18.701, casa 8, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y SARA ANN MARÍN, estadounidense, divorciada, dueña de casa, cédula nacional de identidad para extranjeros N° 14.720.038-2, domiciliada en Luis Pasteur N° 6.064, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; realizaron las siguientes modificaciones a la sociedad “EVULDI SpA”, Rut Nº76.911.898-5, inscrita a fojas 54624, bajo el número 28154, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, y fue publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de julio del año 2018, a saber: Uno) Modificación: Se acordó la modificación de la sociedad en una sociedad por acciones, pactando el siguiente estatuto social: RAZÓN SOCIAL: EVULDI SpA. DOMICILIO: La comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) Prestar asesoría legal en todas sus áreas, incluyendo la docencia; b) servicios de consultoría, intermediación, asesoría inmobiliaria y corretaje de propiedades; c) servicio de administración de empresas inmobiliarias y administración de cartera de propiedades; d) servicios de intermediación y comercialización de paquetes turísticos; e) servicios de exportación de asesoría jurídica, exportación de servicios de administración de empresas inmobiliarias y exportación de servicios de administración de cartera de propiedades e intermediación y comercialización de paquetes turísticos; f) inversiones mobiliarias e inmobiliarias, en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo inversiones en acciones, derechos sociales, bonos y debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; g) la compra, venta, importación, exportación, y ejecución de toda clase de actos de comercio respecto de bienes raíces urbanos o rurales, bienes muebles corporales o incorporales; h) administrar las inversiones que ejecute, y percibir sus rentas y frutos naturales y civiles; i) formar, participar o ingresar en cualquier tipo de sociedades para llevar a cabo sus objetos, y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios a los fines indicados precedentemente, como cualquier otro que los socios acuerden. CAPITAL: El capital social corresponde a la suma de un millón de pesos dividido en mil acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se encuentran totalmente suscritas y pagadas en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio. Dos) Disminución de capital y retiro se socio: Se acuerda aceptar el retiro de la Sociedad por parte de doña SARA ANN MARÍN, retirando de la caja social el equivalente al monto del aporte de capital efectuado a la Sociedad ascendente a $500.000, en dinero en efectivo. Como consecuencia del retiro de la accionista el capital de la sociedad se reduce a la suma de $500.000, quedando reducido el número de las acciones emitidas, suscritas y pagadas de la Sociedad a la cantidad de 500 acciones. Con motivo del retiro de la accionista se sustituyen el Artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio del pacto social por las siguientes: “Artículo Quinto: El capital social es la suma de quinientos mil pesos, que, don Simón Marín Svensson en su calidad de único y actual accionista de la Sociedad aporta la suma de quinientos mil pesos. La cantidades señalada es pagada por el socio en este acto, de contado y en dinero efectivo, quedando de esta forma íntegramente pagado el capital social. El capital queda dividido y representado en quinientas acciones, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas que representen dichos títulos, a menos que se solicite expresamente por el accionista, en cuyo caso, la forma, emisión, entrega, reemplazo, canje, transferencia e inutilización de tales títulos de acciones se sujetarán a las disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables”. “Artículo Primero Transitorio. El capital de la Sociedad asciende a la suma de quinientos mil pesos, dividido y representado en quinientas acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, se encuentra totalmente suscrito y pagado por don SIMÓN MARÍN SVENSSON, quien suscribe en este acto quinientas acciones de la Sociedad, por un valor de quinientos mil pesos, suma que se encuentra íntegra y totalmente pagada con anterioridad a la modificación de los estatutos de la presente sociedad”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de junio de 2025.