SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS IZAVEG LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de enero de 2025
- Repertorio
- 223-2025
- Notario
- GONZALO HURTADO PERALTA
- Oficio
- tercera Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO HURTADO PERALTA, Abogado, Notario Público Titular de la tercera Notaría de Antofagasta, con oficio en calle José de San Martín Nº 2745, Antofagasta, certifico: Que, por escritura de fecha 16 de enero 2025 repertorio n°223-2025, comparece: don JOSÉ MANUEL PIZARRO CUEVAS, cédula de identidad número 11.818.098-4; doña NEVENKA ALEJANDRA VEGA HIDALGO, cédula de identidad número 12.215.273-1 y doña JOSSIANE MILLARAY PIZARRO VEGA, cédula de identidad número 21.624.132-0, todos domiciliados para estos efectos en calle Santiago Humberstone número 145, comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta; modificaron la sociedad ASESORÍAS IZAVEG LIMITADA, inscrita a fojas 274 Nº 191 Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año 2021, en el siguiente sentido: 1) RESCILIACIÓN: las partes rescilian y dejan sin efectos la escritura pública de fecha 7 de octubre del año 2022, otorgada en la Notaría de don Gonzalo Hurtado Peralta, citada en la letra c) del artículo primero de la escritura extractada, mediante la cual se modificó la sociedad y se cedieron derechos pertenecientes a don JOSE MANUEL PIZARRO CUEVAS, quien cedió a doña NEVENKA ALEJANDRA VEGA HIDALGO un 20% de los derechos sociales, en la suma de $400.000. Por este acto las partes vienen rescilian tal cesión de derechos, dejando sin efecto la enajenación de los derechos sociales que en dicho instrumento se señala. 2) DE LOS SOCIOS: Como consecuencia de la resciliación, quedan como únicos socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS IZAVEG LIMITADA, don JOSÉ MANUEL PIZARRO con un 30% de los derechos sociales, doña NEVENKA ALEJANDRA VEGA HIDALGO con un 25% de los derechos sociales y doña JOSSIANE MILLARAY PIZARRO VEGA con un 45% de los derechos sociales. 3) MODIFICACIÓN: A) ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $2.000.000, que los socios o sus antecesores aportaron de la siguiente forma: uno) don JOSE MANUEL PIZARRO CUEVAS aporta la cantidad de $600.000.-, pagado con anterioridad a este acto, correspondiente al 30% de los derechos sociales; dos) doña NEVENKA ALEJANDRA VEGA HIDALGO aporta la cantidad de $500.000.-. Correspondiente al 25% de los derechos sociales; y tres) doña JOSSIANE MILLARAY PIZARRO VEGA, aporta la cantidad de $900.000.-, correspondiente al 45% de los derechos sociales, pagados con anterioridad a este acto. B) Los actuales socios vienen en reemplazar el artículo octavo del estatuto social, por el que sigue: ARTÍCULO OCTAVO: Las pérdidas y utilidades serán soportadas por los socios en proporción a sus respectivos aportes. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Antofagasta, 22 de enero 2025.