Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2025
- Notario
- ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
- Oficio
- Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- Será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Administración
Corresponderá a FRANCISCO JAVIER CORTEZ GALLEGOS, quien también tendrá el carácter de Gerente General
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, abogado, Notario Público, Titular de la Notaria de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia N° 873, comuna de Independencia, Certifica; Por escritura pública de fecha 11 de junio de 2025, ante mí, los comparecientes don JONATHAN ANDRÉS SALDÍAS GARCÍA, chileno, soltero, contador y empresario, domiciliado en Santiago, calle Ernesto Pinto Lagarrigue 247, Recoleta, Región Metropolitana y don FRANCISCO JAVIER CORTEZ GALLEGOS, chileno, soltero, administrador, domiciliado en Avenida Suecia 939, Providencia, Región Metropolitana, quienes vienen en constituir una sociedad por acciones, denominada “SALA MADONNA SpA”. Domicilio: Será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer oficinas, agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: Será indefinida. Objeto será: a) La explotación, administración y representación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de establecimientos de acceso público o privado, bar, pub, discoteque, centros de eventos, y en general cualquier tipo de establecimiento de servicios de entretenimiento; b) La organización, realización, contratación, promoción y producción de todo tipo de espectáculos, eventos y actividades culturales, conciertos, musicales y de entretenimiento en general; la prestación de estos servicios para terceros, incluyendo el asesoramiento en proyectos culturales, conciertos, musicales y de entretenimiento en general; brindar servicios logísticos y técnicos para desarrollar y coordinar acciones de promoción, actividades de recreación e integración de las actividades antes descritas, diseñar el cronograma de los eventos; cotización, elección y contratación de proveedores; realizar contrataciones de personal eventual o permanente; arriendos y reservas de salones, predios, hoteles, bar, pub, discoteque, centros de eventos, establecimientos de acceso público o privado, entre otros espacios; crear o producir la ambientación y espacios acordes con la finalidad de los eventos; difusión de los eventos, realizar la convocatoria de invitados; desarrollar Invitaciones “(físicas y/o digitales)”; c) Comprar, arrendar y contratar equipamiento técnico, mobiliario, luz, sonido; armados previos, señalética, organización de eventos subsidiarios; entre otros; servicios de alimentación, prestar, proporcionar, contratar o seleccionar un servicio de catering adecuado para el evento; la producción, adquisición, elaboración y comercialización en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, de productos alimenticios, bebidas, licores, cervezas, frutos de la tierra, hortalizas, jugos, mermeladas y compuestos o derivados de la producción de aquéllas, souvenirs y/o artículos de recuerdos relacionados con todo lo anterior, y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al desarrollo de su actividad. Administración: Corresponderá a FRANCISCO JAVIER CORTEZ GALLEGOS, quien también tendrá el carácter de Gerente General. Capital: $4.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor pecuniario. El capital se suscribe y paga íntegramente de la siguiente manera: don JONATHAN ANDRÉS SALDÍAS GARCÍA suscribe 50 acciones por un valor de $2.000.000.- que paga en este acto en dinero en efectivo, quedando ingresado a la caja social y don FRANCISCO JAVIER CORTEZ GALLEGOS suscribe 50 acciones por un valor de $2.000.000, que paga en este acto en dinero en efectivo, quedando ingresado a la caja social. Demás estipulaciones en escritura extractada.