MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RENTAS E INVERSIONES RENDITUS SpA

RUT 77047942-8 CVE 2661186
Fecha instrumento
15 de mayo de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de mayo de 2025
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
Oficio
49° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La Sociedad tiene por

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
TMC SpA accionista 77355358-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, abogado, Notario Público Titular de la 49° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Hnos. Amunátegui N°73, comuna de Santiago, Región Metropolitana: CERTIFICO: Que con fecha 5 de junio 2025, ante mí, se redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria Accionistas de RENTAS E INVERSIONES RENDITUS SpA, de 15 de mayo de 2025, con asistencia de los accionistas Ramón Humberto López Jara, cédula de identidad N°13.185.095-6 y TMC SpA, RUT N°77.355.358-0, representada por don Ángel Andrés López Jara, cédula de identidad N°18.680.394-9, quienes, como únicos socios, según libro de accionistas tenido a la vista, modificaron la sociedad por acciones “RENTAS E INVERSIONES RENDITUS SpA” inscrita a fojas 57.304 número 28.304 del Registro de Comercio de Santiago año 2019, en los siguientes términos: A) El artículo Primero, que sustituye al anterior y queda como sigue: “ARTÍCULO PRIMERO: Nombre. El nombre de la sociedad por acciones es “ENACON INGENIERÍA Y MONTAJES SpA”, en adelante la “Sociedad”, pudiendo actuar ante todo tipo de instituciones, ya sean públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza o denominación, incluso ante instituciones bancarias con el nombre de fantasía “ENACON IM SpA”; B) El artículo Cuarto, que sustituye al anterior y queda como sigue: “ARTÍCULO CUARTO: Objeto. La Sociedad tiene por objeto: a) la realización de toda clase de negocios e inversiones mobiliarias e inmobiliarias, la obtención de rentas, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, incluyendo transacciones e inversiones en acciones, bonos, fondos mutuos, efectos de comercio, títulos de crédito, valores, derechos, cuotas y participaciones en sociedad, por cuenta propia o de terceros; b) el financiamiento de las citadas actividades; c) La prestación de todo tipo de servicios y asesorías, financieras, bancarias, impositivas, administrativas, tributarias, contables, a personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras y la prestación de todo tipo de servicios de cualquier naturaleza; d) la compra, venta, arrendamiento, explotación y comercialización, en cualquier forma de toda clase de bienes muebles; e) la prestación de servicios en las áreas de corretaje, intermediación, representación, agencia, estudio, asesoría avaluación, planificación y realización de proyectos, organización, construcción, explotación, comercialización, distribución y administración de toda clase de bienes, servicios, establecimientos o negocios; f) la representación de toda clase de personas naturales o jurídicas empresas o instituciones, chilenas o extranjeras; y cualquiera otras actividades relacionadas con las anteriores y necesarias para el desarrollo del giro social; g) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles de toda clase, tales como casas, edificios, caminos y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad. Todas las actividades que constituyen el objeto social, podrán desarrollarse directamente o a través de terceros, por cuenta propia o ajena, por cualquier medio incluyendo medios electrónicos o a través de redes de comunicación abiertas o cerradas, especialmente en la Internet y otras redes de comunicación similares. y en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales”, y, C) El artículo Quinto, que sustituye al anterior y queda como sigue: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de quinientos mil pesos dividido en diez acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Transitorio de los Estatutos”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 9 de junio de 2025.