Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2025
- Repertorio
- 8193-2025
- Notario
- VERÓNICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
/a) La compra, venta, explotación, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos y rurales, sean estos propios o ajenos; /b) La construcción de obras civiles de cualquier especie en los referidos inmuebles; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) La intermediación o corretaje de bienes raíces, y la gestión y búsqueda de financiamiento; y)e) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga complementaria o conexa a las anteriormente señaladas. 3)
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Matías Domeyko Prieto | socio | 17405552-1 | — | — | |
| Laura Gil Mikacic | socio | 18391104-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública otorgada con fecha 9 de junio de 2025, Repertorio N° 8.193-2025, ante mí, Matías Domeyko Prieto, RUT N° 17.405.552-1 y Laura Gil Mikacic, RUT N° 18.391.104-K, constituyeron una sociedad por acciones cuyas menciones esenciales son las siguientes: 1) Nombre: Olivillo SpA. 2) Objeto: /a/ La compra, venta, explotación, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos y rurales, sean estos propios o ajenos; /b/ La construcción de obras civiles de cualquier especie en los referidos inmuebles; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) La intermediación o corretaje de bienes raíces, y la gestión y búsqueda de financiamiento; y/e/ El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga complementaria o conexa a las anteriormente señaladas. 3) Capital: $1.000.000, dividido en 500 acciones Serie A y 500 acciones Serie B, el cual se encuentra íntegramente suscrito y será pagado dentro del plazo máximo de 3 años contados desde el acto de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de junio de 2025.