COMERCIAL TERMOLAM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2025
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, certifica que, por escritura pública otorgada con fecha 09 de Junio de 2025, ante mí: A) MAITENSUR S.A., domiciliado Monjitas N°715, Local 7, Santiago; B) don CARLOS SANTIBAÑEZ COLIHUINCA, (también conocido como COLLIHUINCA), con domiciliado en Calle Uno, N°2006, Ñuñoa, Santiago; C) Don GUSTAVO ADOLFO JAIMES DAZA, con domicilio en Santa Victoria 99, dpto. 311, Santiago, RM; celebraron “Cesión de Derechos y Modificación “COMERCIAL TERMOLAM LIMITADA”. I.- Cesión de Derechos: A) CARLOS SANTIBAÑEZ COLLIHUINCA vendió, cedió y transfirió el 100% de su participación, es decir el equivalente al 15% de los derechos de la Sociedad, a GUSTAVO ADOLFO JAIMES DAZA, en el precio de $30.000.000, quien declara recibirlos, íntegramente pagado en efectivo; renuncia a las acciones resolutorias. II.- Socios: a) MAITENSUR S.A., titular del 85% de los derechos sociales; b) GUSTAVO ADOLFO JAIMES DAZA, titular del 15% de los derechos sociales. Los socios acuerdan continuar en sociedad. III.- MODIFICACIÓN A LOS ESTATUTOS: A) Sustituyen el artículo Quinto, por el siguiente: Quinto. El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $1.000.000 que se encuentra íntegramente enterada en arcas sociales y que se distribuye entre los socios conforme a los porcentajes y cantidades que en cada caso se indican: a) MAITENSUR S.A., $850.000.-, equivalentes al 85% de los derechos sociales; b) GUSTAVO ADOLFO JAIMES DAZA, $150.000.-equivalentes al 15% de los derechos sociales; B) Sustituyen la cláusula cuarta, quedando de la siguiente manera: Cuarto. La representación y administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a GUSTAVO ADOLFO JAIMES DAZA, individualmente y/o con uno de los señores JULIO SCHURMANN LOPETEGUI y/o ROCÍO SALMÓN CABRERA, según facultades descritas. Demás cláusulas constan escritura extractada. Los estatutos constan a Fs. 55.456, N° 39.225, año 2007, Registro Comercio Santiago. Santiago, a 13 de Junio de 2025.- VERÓNICA TORREALBA COSTABAL. Notario Suplente.