MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN RAMALIA LIMITADA

RUT 76193136-9 CVE 2660333
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de abril de 2025
Notaría
Pública

Instrumento

Fecha
21 de abril de 2025
Comuna
Pública

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO LORCA GUTIÉRREZ, Abogado, Notario Suplente de la Notaría Pública de don Orlando Esteban Cerda Silva de Viña del Mar, con oficio en Viña del Mar, Calle 12 norte número 785, primer piso, local 2, certifica: Por escritura pública de fecha 21-04-2025 ante el titular don ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA, don GUILLERMO RODOLFO RUIZ RODRIGO, cédula nacional de identidad número 9.628.688-0, don GASPAR ESTEBAN RUIZ WIEGAND, cédula nacional de identidad número 18.586.477-4 y doña MARIA DE LOS ANGELES RUIZ WIEGAND, cédula nacional de identidad número 20.360.874-8 todos domiciliados para estos efectos en calle Las Cinerarias número 1.285, Bosques de Montemar, Concón, modificaron sociedad “INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN RAMALIA LIMITADA”, Rut N° 76.193.136-9 y capital $10.000.000.- Sociedad “INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN RAMALIA LIMITADA”, se constituyó por escritura pública de 07 de junio de 2.012 otorgada ante el Notario de Valparaíso don Luis Enrique Fischer Yávar, extracto publicado en el Diario Oficial número 40.287 de fecha 14 de junio de 2.012 e inscrito a fojas 1.222 número 1.315 en el Registro de Comercio de 2.012 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Por escritura pública de fecha 05 de junio de 2.013 otorgada en la Notaría de Viña del Mar de don Luis Enrique Tavolari Oliveros, extracto publicado en el Diario Oficial número 40.603 de fecha 08 de julio de 2.013 e inscrito a fojas 1.597 vuelta número 1.603 en el Registro de Comercio de 2.013 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Modificaciones presente escritura consisten: UNO.- A) El socio don GASPAR ESTEBAN RUIZ WIEGAND vende, cede y transfiere su participación en la sociedad equivalente a 1 por ciento a doña MARIA DE LOS ANGELES RUIZ WIEGAND, quien lo compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión asciende a la cantidad de $100.000.- B) El socio don GUILLERMO RODOLFO RUIZ RODRIGO vende, cede y transfiere su participación en la sociedad equivalente al 4 por ciento a doña MARIA DE LOS ANGELES RUIZ WIEGAND, quien lo compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión asciende a la cantidad de $400.000.- C) Como consecuencia de la cesión antes señalada, se modifica la cláusula SEXTA de los estatutos, quedando como únicos socios don GUILLERMO RODOLFO RUIZ RODRIGO, con el equivalente al 95 por ciento de los derechos sociales y doña MARIA DE LOS ANGELES RUIZ WIEGAND con el equivalente al 5 por ciento de los derechos sociales. DOS.- Se modifica la cláusula QUINTA de la escritura de constitución social en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá a don GUILLERMO RODOLFO RUIZ RODRIGO y a doña MARIA DE LOS ANGELES RUIZ WIEGAND, quienes, actuando separada e indistintamente, y anteponiendo a sus firmas la razón social, la representarán con las más amplias facultades y las indicadas en la cláusula QUINTA del pacto social. En todo lo no modificado por este instrumento, rigen plenamente los demás contenidos de la escritura de constitución y su modificación precitadas. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Viña del Mar, 12 de junio 2025.