MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AVSA LOS ALERCES SpA

RUT 76800078-6 CVE 2660714
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
9 de abril de 2025

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2025
Notario
JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO
Oficio
45 notaría de Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, Notario Público Interino de la 45 notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 979 piso 7, Santiago, certifico: Con fecha 14 de mayo de 2025, se redujo ante mí a escritura pública acta Junta Extraordinaria de Accionistas de AVSA LOS ALERCES SpA inscrita a fs. 61.663, N° 33.386 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2017, celebrada el día 09 de abril de 2025, en la cual el 100% de las acciones, adoptó los siguientes acuerdos: 1) Aumentar el capital desde $1.000.000 dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la cantidad de $1.126.582, divido en 1.126.582 acciones, esto es en la cantidad de $126.582, mediante la emisión de 126.582 nuevas acciones, nominativas y sin valor nominal de una nueva serie preferente que se denominará “Serie A”, las que se colocarán a un valor de $1 por acción y que deberá ser suscritas y pagadas en dinero efectivo a la Sociedad, dentro del plazo de 6 meses a contar día 09 de abril de 2025. 2) Capital de $1.126.582, divido en 1.126.582 acciones nominativas, sin valor nominal, correspondiendo 126.582 acciones a la serie A o Preferentes y 1.000.000 de acciones a la serie B. Las acciones Serie A tendrá las siguientes preferencias: (i) tendrán todos y cada uno de los derechos políticos que la ley y los estatutos le otorgan a los accionistas de la Sociedad, (ii) recibirán de forma preferente todos los primeros flujos de caja positivos que produzca el Proyecto a cualquier título, con independencia de la existencia de utilidades, hasta que el titular de estas acciones pueda alcanzar una Tasa Interna de Retorno (TIR) de UF más 10,75% en base anual aplicado sobre las sumas que le adeude la Sociedad a cualquier título, incluyendo aportes de capital o préstamos en la medida que los ingresos por venta permitan pagar primera e íntegramente el Financiamiento Bancario y el Financiamiento Adicional incluyendo sus intereses y cualquier otro costo y recargo derivado de tales pasivos, como asimismo las provisiones necesarias para el pago de impuestos, retenciones, postventa, honorarios y todo otro pago que deba asumir la Sociedad, y (iii) que la Rentabilidad Serie A se pagará con anterioridad a cualquier distribución de capital o pago de dinero que efectúe la Sociedad, de cualquier naturaleza, que corresponda a las restantes acciones representativas del capital social. La Sociedad sólo podrá pagar dividendos y/o devoluciones de capital, a las demás acciones de la Sociedad, una vez que la rentabilidad Serie A, incluido capital y préstamos de la Serie A, haya sido completamente pagada. La Preferencia de la Serie A se aplicará respecto a cada distribución de utilidades que deba distribuir y/o distribuya la Sociedad, respecto de cada disminución de capital que se efectúe, o respecto de cada distribución de cualquier naturaleza y respecto de cualquier pago de préstamos o financiamientos de cualquier clase que se deba efectuar a los accionistas de la Sociedad o a personas relacionadas a dichos accionistas. La preferencia estará vigente hasta que se haya pagado el capital y la rentabilidad de la Serie A o, a más tardar, hasta que se cumplan 10 años a partir del día 14 de mayo de 2025. Verificada la Terminación de la preferencia de la Serie A, ésta se extinguirá y dichas acciones subsistirán sin derechos económicos. Extinguida la preferencia de las acciones Serie A, los siguientes flujos o repartos de caja o de utilidades que efectué la Sociedad se harán proporcionalmente y en forma exclusiva a los accionistas titulares de las acciones Serie B, a menos que la preferencia se hubiere extinguido por la llegada del plazo de 10 años, sin que se hubiere producido antes la terminación de la preferencia de la Serie A. Las acciones Serie B: (i) tendrán todos y cada uno de los derechos políticos que la ley y los estatutos les otorgan a los accionistas de la Sociedad y (ii) recibirán el 100% de los dividendos y distribuciones, una vez pagada la rentabilidad de la Serie A. 3) Consecuentemente se modifican artículo 5° permanente y 1° transitorio estatutos. 4) Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 11 de junio de 2025.