COMERCIAL RIAÑO, ALLAN Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2025
- Notario
- ALBERTO ORTEGA JIRON
- Oficio
- 1ra. Notaría San Fernando
- Comuna
- San
Sociedad
- Capital
- $94.310.805 CLP
Referencias (3)
- do publicacion DO N° 36930 del 4 de abril de 2001
- do publicacion
- do publicacion DO N° 39110 del 11 de julio de 2008
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO ORTEGA JIRON, Abogado, Notario Público Titular 1ra. Notaría San Fernando, con oficio en calle Chillán 620 esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 29-05-2025, ante mí, JORGE ANDRES RIAÑO ALLAN, chileno, empresario, casado y separado de bienes, C.I. N° 10.024.397-0, domiciliado en Avenida Manuel Rodríguez 751 ciudad y comuna de San Fernando; JANE DHARMA ALLAN TAGLE, chilena, casada, comerciante, C.I. N°5.818.933-2, domiciliada en calle Curalí 568 ciudad y comuna de San Fernando; y DHARMA ANDREA RIAÑO ALLAN, chilena, casada, comerciante, C.I.N°10.024.476-4, domiciliada en calle Curalí 910 departamento B, de la ciudad y comuna de San Fernando; modificaron sociedad “COMERCIAL RIAÑO, ALLAN Y COMPAÑÍA LIMITADA”, nombre fantasía “RIGOLETTO LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha 23-03-2001, otorgada en la Segunda Notaría de San Fernando, ante Notario Titular Héctor Villarreal Espinoza, con oficio calle Chillán 595-A, cuyo extracto se inscribió a fojas 37 N°43 del Registro de Comercio del año 2001 del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, publicado en Diario Oficial N°36.930 de fecha 04-04-2001. Capital inicial $94.310.805.- Rol Único Tributario 77.584.570-8, modificada por escritura pública de fecha 14-06-2007, otorgada en 1ra. Notaría San Fernando con oficio calle Chillán 620, ante Notario don Hernán Barria Subiabre, modificando objeto social; y administración y uso de la razón social, quedando radicada en el socio Jorge Andrés Riaño Allan, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del año 2007, a fojas 127 número 120, del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, publicado en el Diario Oficial 38.804 de fecha 04-97-2007; y modificad por escritura pública de fecha 25-06-2008, otorgada en la 1ra. Notaría de San Fernando, ante el Notario don Hernán Barría Subiabre, modificando objeto social, cuyo extracto se inscribió en Registro de Comercio del año 2008, a fojas 177 número 143, del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, publicado en Diario Oficial 39.110 de fecha 11-07-2008.- Nueva modificación consiste: socia Dharma Andrea Riaño Allan, vende, cede y transfiere todos sus derechos sociales equivalentes al 0,212% del haber social, a don JORGE ANDRES RIAÑO ALLAN, y a doña JANE DHARMA ALLAN TAGLE quienes los compran, aceptan y adquieren para sí, en proporción de un 50% cada uno. El precio de cesión es la suma única y total de $1.000.000 contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión quedan como únicos socios de “COMERCIAL RIAÑO, ALLAN Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Jorge Andrés Riaño Allan, con un porcentaje del 50% derechos sociales; y Jane Dharma Allan Tagle, con un porcentaje del 50%, derechos sociales. Actuales y únicos socios de “COMERCIAL RIAÑO, ALLAN Y COMPAÑÍA LIMITADA”, señores Jorge Andrés Riaño Allan, y Jane Dharma Allan Tagle, efectúan siguientes modificaciones a la escritura de constitución de sociedad de fecha 23-03-2001: Uno) Modifican cláusula cuarta pacto social, modificada por clausula segunda número DOS) escritura de fecha 14-06-2007, en sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá al socio JORGE ANDRÉS RIAÑO ALLAN, con amplias facultades. Dos) Modifican cláusula quinta primitivo pacto social, en sentido que el capital social es la suma de $94.310.805, correspondiendo al socio JORGE ANDRES RIAÑO ALLAN, un aporte de capital de $47.155.402,50 equivalentes al 50% haber social, encontrándose a esta fecha íntegramente pagado; y a la socia JANE DHARMA ALLAN TAGLE, un aporte de $47.155.402,50 equivalentes al 50% haber social encontrándose a esta fecha íntegramente pagado. Tres) Modifican cláusula décimo primera del primitivo pacto social, relativa al fallecimiento de uno cualquiera de los socios, en la forma expresada en escritura.- Demas estipulaciones escritura extractada.- San Fernando, 11 de Junio de 2025.-