TRANSPORTES TAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2025
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS WENDT GAGGERO, Notario Interino Valparaíso, Prat 856, certifico: hoy ante mí con fecha 28/05/2025, DANIEL EUGENIO ASTE PAPPAGALLO, ANA MARIA PEREZ ALEN y GIANFRANCO ASTE PEREZ, todos domiciliados en calle Monjas número setecientos dieciocho, Valparaíso, vienen en modificar: sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada “TRANSPORTES TAS LIMITADA”, Rol Único Tributario número 76.149.992-0, cuyo extracto se inscribió a fojas 508 vuelta, número 456 del Registro de Comercio del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso. El capital inicial fue de $5.000.000.- CESIONES DE DERECHOS. Por el presente acto GIANFRANCO ASTE PEREZ, vende, cede y transfiere el 98%, de los derechos sociales de “TRANSPORTES TAS LIMITADA”, a DANIEL EUGENIO ASTE PAPPAGALLO, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $4.900.000, pagados al contado y en dinero efectivo, suma que GIANFRANCO ASTE PEREZ, declara recibir en este acto a su total y entera satisfacción; GIANFRANCO ASTE PEREZ, vende, cede y transfiere el 1%uno por ciento, de los derechos sociales de “TRANSPORTES TAS LIMITADA”, a ANA MARIA PEREZ ALEN, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $100.000, pagados al contado y en dinero efectivo, suma que GIANFRANCO ASTE PEREZ, declara recibir en este acto a su total y entera satisfacción.- En consecuencia el capital de “TRANSPORTES TAS LIMITADA”, queda formado por DANIEL EUGENIO ASTE PAPPAGALLO, con el 99% del capital social y doña ANA MARIA PEREZ ALEN, con el 1% del capital social restante.- En todo lo demás queda plenamente vigente en texto original de los estatutos sociales.- La sociedad y los socios que se retiran se otorgan amplio completo y recíproco finiquito respecto a las obligaciones y derechos emanados del pacto social que cada uno pudo corresponder declarando que nada se adeudan y que, a mayor abundamiento, renuncian a cualquier acción que, eventualmente, pudiere corresponderles.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Valparaíso, 28 de Mayo de 2025.