SOCIEDAD DE PROFESIONALES DE ASESORÍAS EN SALUD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2025
- Repertorio
- 10734/2025
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Sociedad regirá desde la fecha de la escritura y durará 10 años contados desde dicha fecha, prorrogables según normas contempladas en pacto social
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios profesionales de consultoría y asesoría en materias médicas, de salud, cosméticas y de biotecnología, incluyendo aspectos relacionados con la gestión, administración, operación y desarrollo de actividades comerciales, financieras y administrativas de empresas vinculadas a dichos rubros; y en general, la ejecución de todo acto, convención o contrato que se relacione directa o indirectamente con el giro social
Administración
Administración, representación y uso de razón social y nombre de fantasía corresponderá a don JORGE ALEJANDRO BERENDSEN MELLA, quien podrá actuar con amplias facultades contempladas en pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 02/06/2025, Repertorio 10.734/2025, ante mi, don JORGE ALEJANDRO BERENDSEN MELLA, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, con domicilio en San Anselmo cuatrocientos ochenta, casa ochenta y siete, comuna de Colina; y doña STEFFANIE FERNANDA PETERS ARAYA, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, nutricionista, domiciliada en en San Anselmo cuatrocientos ochenta, casa ochenta y siete, comuna de Colina; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada a monto aportes respectivos; Razón social: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES DE ASESORÍAS EN SALUD LIMITADA”. pudiendo usar para fines bancarios, publicitarios, tributarios y comerciales el nombre de fantasía “SOKU LIMITADA; Domicilio: Santiago; Objeto: El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios profesionales de consultoría y asesoría en materias médicas, de salud, cosméticas y de biotecnología, incluyendo aspectos relacionados con la gestión, administración, operación y desarrollo de actividades comerciales, financieras y administrativas de empresas vinculadas a dichos rubros; y en general, la ejecución de todo acto, convención o contrato que se relacione directa o indirectamente con el giro social. Capital: $1.000.000.- que los socios aportan y enteran siguiente forma: a) Don JORGE ALEJANDRO BERENDSEN MELLA, $500.000.- correspondiente al 50% del capital social paga dinero efectivo ingresa a caja social este acto; b) Don STEFFANIE FERNANDA PETERS ARAYA, $500.000.- correspondiente al 50% del capital social paga al contado, dinero efectivo ingresa caja social este acto. Administración: Administración, representación y uso de razón social y nombre de fantasía corresponderá a don JORGE ALEJANDRO BERENDSEN MELLA, quien podrá actuar con amplias facultades contempladas en pacto social. Duración: Sociedad regirá desde la fecha de la escritura y durará 10 años contados desde dicha fecha, prorrogables según normas contempladas en pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada.